Ahí les va éste comunicado:
Comunicado de Prensa
Bogotá, D.C., marzo 1 de 2013
En referencia a las informaciones registradas sobre el tema del retiro por solicitud propia del personal militar integrante del Ejército Nacional, este comando se permite hacer las siguientes precisiones:
1.La carrera militar tiene como fundamento principal la vocación, entendida como la capacidad de servicio a la sociedad y al país. Razón por la cual de manera formal el Ejército no retiene a quienes por diferentes motivaciones quieran retirarse de la institución.
No existe norma alguna que viole este derecho individual, de querer desvincularse de la institución.
2. Para el caso puntual del personal de soldados y conforme al Decreto 1793 de 2000, sin importar el tiempo de servicio, experiencia y preparación, surte su trámite de solicitud de retiro voluntario, en un tiempo máximo de 45 días.
Este trámite inicia en la unidad militar donde pertenece y el Comando del Ejército a través de la Jefatura de Desarrollo Humano, adelanta el proceso administrativo de retiro.
3. Caso diferente ocurre con los oficiales y suboficiales, los cuales regidos por el Decreto 1790 de 2000, en su artículo 101 establece que:
Su retiro por solicitud propia se concederá cuando no medien razones de seguridad nacional o especiales del servicio que requiera su permanencia en actividad a juicio de la autoridad competente.
Para tal proceso la fuerza hace un análisis sobre cada caso en particular, en el que se evalúan las capacitaciones recibidas, la especialidad desempeñada y que como militar posee y se le informa al militar la fecha fiscal de su retiro. En ningún caso se niega el retiro de la fuerza.
4. Este comando desvirtúa tajantemente la afirmación que hace referencia al cobro de las capacitaciones o entrenamientos militares, así como a las raciones de alimentos.
La nómina del Ejército no contempla ningún descuento por este tipo de conceptos. Por el contrario cuando un militar realiza cualquiera de sus cursos, en Colombia o en el exterior, continúa devengando sus haberes.
Sin embargo, se impartieron instrucciones para que se verifique la posible ocurrencia de descuentos no autorizados por los funcionarios.
5. El ministerio de defensa Ejército Nacional, realizan esfuerzos para mejorar la condición salarial y prestacional de los hombres que defienden el país, con proyectos que busquen mejorar el bienestar del personal, es así como se canceló durante la presente semana, el bono excepcional, a los soldados e infantes de marina profesionales, por un valor 1.107.000.00, para cada uno.
A los soldados que se desempeñen en unidades de fuerzas especiales, a partir del mes de marzo se les reconocerá la prima de comando, equivalente al 20% de la asignación básica de su salario. Este pago es retroactivo al mes de enero de 2013.
De igual forma a los soldados que están pendientes de retiro, durante su último año y a través de un convenio con el SENA, se capacitan con el fin de brindarle nuevas alternativas en el campo laboral.
6. Finalmente, para el Ejército Nacional, el recurso humano es los más importante. Por esto no ahorra esfuerzos en buscar el bienestar de los hombres y mujeres que le sirven al país.
http://www.cgfm.mil.co/CGFMPortal/faces ... p?id=19657