http://www.lasegunda.com/Noticias/Polit ... su-mandato
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Con los vecinos específicamente, ¿cómo le parece que ha sido la relación?
-Uno valora por los resultados, no por las intenciones. Y el resultado que tenemos con Perú es una derrota político diplomática a la que se trata de bajar el perfil. Es muy difícil que un país viva en cada década con una querella y una reivindicación de su vecino. Lo mejor es transparentar las cosas y eso equivale a decir que hay una desconfianza, que existen desconfianzas. Bajar el tono, no asumir que aquí están afectados intereses permanentes del país, fue un error.
Lo mismo está ocurriendo en el foro, algunos foristas Chilenos, al igual que el gobierno Chileno, están tratando de bajarle el perfil a una sentencia en la que han perdido 22 mil Km. cuadrados.
badghost escribió:Porque supongo estamos de acuerdo que Perú perdió absolutamente en todos sus planteamientos jurídicos, que la línea de 80 millas del paralelo ni siquiera se les planteó en la cabeza argumentar como lo hizo tan "creativamente" la CIJ, ¿no es cierto?...pero bueno...
Estimado badghost, convenientemente olvidas que la CIJ también crea su propia jurisprudencia y que gracias a esto es que se les otorgó el paralelo hasta las 80 millas, porque a decir del propio Juez ad-hoc Chileno Orrego Vicuña, les pudo ir peor con un paralelo de sólo 12 millas.
No deberías entonces renegar de la "creatividad" de los jueces de la Corte.
badghost escribió:Y claro, es un triunfo para Perú supongo, lo que aquí quiero señalar que Perú obtuvo algo que no sabe como ni porque lo obtuvo, porque recordemos, sus argumentos jurídicos fueron demolidos, ¿estamos?.
Mi opinión es que la Corte elaboró su sentencia haciendo una construcción jurídica propia, en la que no le dió la razón ni a los argumentos Peruanos ni a los argumentos Chilenos y esto va para el lector imparcial que lo pueda leer, ya que está visto que estás tratando de bajarle el perfil a la derrota político diplomática de la que habla Gaspar y vas a negarlo a ciegas:
- Chile defendió a toda costa que en los textos de los Acuerdos de 1952-54 se había establecido un límite marítimo, sino recordemos la desesperada interpretación del Punto IV de la Declaración de Santiago que hicieron sus abogados en los alegatos orales, por citar un ejemplo.
- Perú negó en todo momento que los Acuerdos de 1952-54 fueran instrumentos que hubieran establecido los límites marítimos laterales con Chile, porque sus textos no lo reflejaban expresamente.
¿Cómo falló la Corte???
La Corte desechó los argumentos de ambas partes al respecto y consideró que existía un acuerdo tácito de frontera marítima, que es mencionado en el Acuerdo de 1954 pero que no se sabe cuándo ni dónde fue acordado, pero que cuenta sin embargo con elementos lo suficientemente convincentes como para considerarlo como de carácter permanente y para todos los efectos.
- Perú sostuvo que el término de la frontera terrestre era el Punto Concordia y que de este punto debería trazarse el límite marítimo.
- Chile sostuvo que el límite terrestre terminaba en el Hito N° 1 y por lo tanto desde punto debería trazarse el límite marítimo.
¿Cómo falló la Corte???
La Corte no acogió los argumentos de las partes, no se pronunció sobre dónde terminaba la frontera terrestre y decidió que el punto de inicio de la frontera marítima era el punto de intersección entre la línea del paralelo geográfico que pasa por el Hito N° 1 y la línea de bajamar (Que es muy distinto a decir que se inicia en el Hito N° 1) dejando en claro que éste punto no necesariamente tendría que coincidir con el punto donde terminaba la frontera terrestre.
- Perú reclamó la línea equidistante como límite marítimo.
- Chile el paralelo hasta las 200 millas como límite marítimo.
¿Cómo falló la Corte???
La Corte no le dió la razón a ninguna de las partes, y determinó un límite considerando el paralelo hasta las 80 millas y la equidistancia desde ese punto y hasta las 200 millas. Con ello se incorporó automáticamente al dominio marítimo del Perú el triángulo externo, algo a lo que Chile se opuso tenazmente durante el proceso.
Entonces tranquilamente podría yo decir que la CIJ dijo NO, NO y NO/SI también a los argumentos Chilenos.
¿Será por eso que en ambos países estamos tan satisfechos con la sentencia?
Perú satisfecho con sus 50 mil Km. cuadrados de mar ganados.
Chile también muy satisfecho, a pesar de haber cedido 22 mil Km. cuadrados de mar.
badghost escribió:Si, perfecto, pero por un rato trata de razonar como lo hace Chile y sale un poco de esa escuela exegética-literalista de la que tan bien hacen gala por allá.
Los tratados se interpretan literalmente, no hay otra forma de hacerlo.
Si bien es cierto que gracias a la literalidad es que la CIJ le dijo NO a Chile en cuanto a que los Acuerdos de 1952 y de 1954 eran Tratados de Límites, también es gracias a la literalidad es que la CIJ determinó que el acuerdo pesquero de 1954 evidenciaba que con anterioridad se había acordado un límite marítimo tácitamente.
Tampoco deberías renegar de la literalidad pues es gracias a ella que Chile no perdió todo.
badghost escribió:Que dice Chile. El punto Concordia en la línea de bajamar no existe (tal como no existe el punto 266). Las Comisiones bilaterales que en 1930 trazaron en el terreno la línea de la frontera, posicionaron al Hito N°1 como el comienzo y fin de ésta. Lo midieron y le asignaron coordenadas y lo denominaron "orilla de mar", tal como señaló el Tratado que estaban dándole cumplimiento. Lo situaron fuera de la línea que marca en la playa de mar la zona de las mas altas mareas en invierno, es decir. terreno que en esa época se cubre de agua, justamente para protegerlo de la destrucción y asi cumplir cabalmente su objetivo de ser una marca fija y duradera.
Este es el mapa de la Armada Chilena de 1998, que sorpresivamente modifica la línea de la frontera terrestre que Chile aceptó por 69 años:
Se puede observar claramente que la línea de frontera sigue el arco de 10 Km. de radio medidos desde el puente del río Lluta, hasta que llega Hito N° 1, desde allí sigue el paralelo geográfico que pasa por ese hito hasta que llega a la bajamar.
Preguntas que surgen de observar ese mapa:
La "línea de frontera" que va desde el Hito N° 1 hasta la bajamar siguiendo la línea del paralelo ¿Se encuentra dentro del arco de 10 Km. de radio medidos desde el puente del río Lluta?? ¿O se encuentra a una distancia mayor de ese arco??
Si esa "línea de frontera" se encuentra a más de 10 Km. medidos desde el puente del río Lluta ¿En qué instrumento jurídico se sustenta? ¿Qué parte del texto del Tratado de 1929 sustenta esa "línea de frontera" que se encuentra fuera del arco de 10 Km. de radio medidos desde el puente del río Lluta??
Son preguntas que los amigos Chilenos aún no responden, al igual que no comentan la cartografía oficial Chilena que acepta que ese triángulo terrestre es Peruano.
badghost escribió:Es así que para nosotros, la sentencia de la CIJ de La Haya es un refuerzo en el sentido de sostener que el Hito N°1 fija el final de nuestra frontera terrestre y el comienzo del límite marítimo, que el famoso "triángulo terrestre" por características morfológicas, es una playa de mar, por lo tanto, es un bien nacional de uso público y territorio marítimo chileno.
Estás tergiversando el texto de la sentencia de la CIJ al igual que lo hace Piñera, la CIJ no se ha pronunciado sobre el límite terrestre ni ha "reforzado" nada de nada, simplemente ha optado por crear un límite marítimo construyéndolo desde su punto de inicio.
Curiosamente señalas que el Punto Concordia "no existe internacionalmente" y el texto de la sentencia lo menciona textualmente ....
badghost escribió:Este tipo de razonamiento es el que debes abandonar...te lo vengo diciendo hace 5 años...La tesis chilena es mucho más práctica, para ambos países, porque fija de manera definitiva un punto sólido que da estabilidad a la frontera, ¿Por qué no hemos podido delimitar Campos de Hielo Sur con Argentina?, porque Argentina pretende fijar puntos "sobre" los hielos (ventisqueros) y estos, por su propia naturaleza, se mueven. Es mejor fijar puntos con coordenadas en terreno sólido...
Lo que pasa es que hay un Tratado de Límites que establece una frontera y sobre él no prevalece ni el código civil Chileno ni las "tésis prácticas" que tenga Chile.
Ah !!! ... También hay cartografía oficial Chilena que lamentablemente no has comentado.
Saludos.