CZEKALSKI escribió:badghost escribió:Ahora, el asunto se reduce a determinar cual es el punto de inicio de la frontera terrestreque podría no coincidir con el inicio de la frontera marítima. Hay 2 alternativas, o es el Hito N°1 o el etéreo punto 266, porque el punto de inicio de la frontera marítima -conjunción de la línea del paralelo medidad desde el Hito N°1 con la línea de marea., ese lo descartamos de plano.
Ante la disyuntiva planteada, yo me la juego por el punto bilateralmente determinado por las partes en 1930.
Siguiendo tu lógica, si el Hito N°1 es el inicio de la frontera terrestre y dejamos fuera de la discusión al punto de inicio de la frontera marítima, ¿Entonces estaríamos hablando de que hay al menos 200 metros de territorio que no están delimitados por el Tratado de 1929, entre el Hito N° 1 y la línea de bajamar???
Entonces la tesis Chilena tiene dos aristas igualmente ilógicas:
- La primera, sostener que existe un segmento de línea de frontera (El paralelo geográfico entre el Hito N° 1 y la bajamar) que no tiene fundamento jurídico, pues se encuentra a una distancia mayor a los 10 Km. medidos desde el puente del río Lluta establecidos expresamente en el Tratado de 1929.
- La segunda, sostener que no existe ese segmento de línea de frontera y que por lo tanto el límite terrestre se inicia en el Hito N° 1, con lo que les surge el problema de no poder sustentar el hecho de que hayan al menos 200 metros de territorio que no tienen línea de frontera, o sea, que habría territorio sin delimitar entre el Hito N° 1 y la línea de bajamar, algo que también contradice la letra del Tratado de 1929.
Qué dilema!!!
Saludos.
Estimado, por qué el Hito 1 se llama "orilla de mar"?