Acceso a las distintas Academias Militares (II parte)

Información sobre el ingreso y acceso a las Fuerzas Armadas Españolas. Requisitos, documentación a presentar, titulaciones, pruebas, test psicotécnicos y ciclos. Condiciones de servicio y Academias.
jaea
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Acceso a las distintas Academias Militares (II parte)

Mensaje por jaea »

onuba escribió:Una duda que nos ha surgido en un chat de aspirantes a soldado, a ver si podéis resolvérmela:
Existen años mínimos de servicio en el ejército una vez salido de la agm.
Pueden utilizar la carrera obtenida dentro en la vida civil.

Muchas gracias!!

Yo pensaba que las respuestas eran que te puedes marchar y que no puedes utilizarla fuera, es decir no tienes competencias profesionales, pero dicen que estoy equivocado.


Respecto a la segunda parte:
El título que se obtiene en las Academias Militares tiene plena vigencia en la vida civil, independientemente de que se sea o se deje de ser militar.
Cosa distinta es que puedas utilizarlo para algo, por dos motivos:
1.- Deberías obtener de la Administración para la que trabajas (el Ministerio de Defensa) una autorización de COMPATIBILIDAD para el ejercicio de una segunda actividad.
2.- En el caso de la AGM, en los otros no lo sé porque no he leido la memoria del título aprobada por la ANECA, el título de Ingeniero de Organización Industrial es un título de grado que no sirve para el ejercicio de ninguna PROFESIÓN REGULADA. Son unos estudios que no autorizan al ejercicio de una profesión regulada. Te pongo un ejemplo: un Graduado en Ingeniería Civil que en la memoria del título autoriza al ejercicio de la profesión de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos.

Con este título pasa como con la mayoría de los que hoy se imparten en cualquier universidad española, que no sirven para ejercer ninguna profesión regulada, pero que servir, sirve, por ejemplo para opositar a cualquier puesto de la Administración de nivel A1 (el mas alto), o para dar clases en la Universidad.

:saludo2: :saludo2:


onuba
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Mensaje por onuba »

Gracias de nuevo!!!


jaea
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Mensaje por jaea »

Si miras en el enlace que te pongo podrás comprobar que pone literalmente
"Observaciones al Consejo de Universidades:
Este Grado no solicita atribuciones profesionales."

http://srv.aneca.es/ListadoTitulos/site ... 6-2009.pdf

:saludo2: :saludo2:


Calamandrei
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Mensaje por Calamandrei »

Con este título pasa como con la mayoría de los que hoy se imparten en cualquier universidad española, que no sirven para ejercer ninguna profesión regulada, pero que servir, sirve, por ejemplo para opositar a cualquier puesto de la Administración de nivel A1 (el mas alto), o para dar clases en la Universidad.

:arrow: Bueno, no solo para eso. Sirve un poquito más: habilita para trabajar en empresas e industria con tal grado.


papialf
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Mensaje por papialf »

jaea escribió:
onuba escribió:Una duda que nos ha surgido en un chat de aspirantes a soldado, a ver si podéis resolvérmela:
Existen años mínimos de servicio en el ejército una vez salido de la agm.
Pueden utilizar la carrera obtenida dentro en la vida civil.

Muchas gracias!!

Yo pensaba que las respuestas eran que te puedes marchar y que no puedes utilizarla fuera, es decir no tienes competencias profesionales, pero dicen que estoy equivocado.


Respecto a la segunda parte:
El título que se obtiene en las Academias Militares tiene plena vigencia en la vida civil, independientemente de que se sea o se deje de ser militar.
Cosa distinta es que puedas utilizarlo para algo, por dos motivos:
1.- Deberías obtener de la Administración para la que trabajas (el Ministerio de Defensa) una autorización de COMPATIBILIDAD para el ejercicio de una segunda actividad.



2.- En el caso de la AGM, en los otros no lo sé porque no he leido la memoria del título aprobada por la ANECA, el título de Ingeniero de Organización Industrial es un título de grado que no sirve para el ejercicio de ninguna PROFESIÓN REGULADA. Son unos estudios que no autorizan al ejercicio de una profesión regulada. Te pongo un ejemplo: un Graduado en Ingeniería Civil que en la memoria del título autoriza al ejercicio de la profesión de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos.

Con este título pasa como con la mayoría de los que hoy se imparten en cualquier universidad española, que no sirven para ejercer ninguna profesión regulada, pero que servir, sirve, por ejemplo para opositar a cualquier puesto de la Administración de nivel A1 (el mas alto), o para dar clases en la Universidad.

:saludo2: :saludo2:


Una aclaración: cuando terminas , por ejemplo en AGM, eres Graduado en Ingeniería de Organización Industrial con título equivalente a Grado en Ingeniería informática, Grado en Ingeniería Mecánica, Electrónica, etc (te servirá para el mundo de la empresa como siempre, según el empresario). Otra cosa es que para tener atribuciones para el ejercicio de una profesión regulada necesitas CASI SEGURO un Máster específico para ello.
El Graduado en Ingeniería Civil por lo que yo sé, NO tiene atribuciones profesionales de Ingeniero de Caminos, para ello debes hacer el Máster posterior de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos. (lo mismo el pasa a los Ingenieros Aeronaúticos y a los Ingenieros de Telecomunicaciones)

Saludos


jaea
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Mensaje por jaea »

Calamandrei escribió:Con este título pasa como con la mayoría de los que hoy se imparten en cualquier universidad española, que no sirven para ejercer ninguna profesión regulada, pero que servir, sirve, por ejemplo para opositar a cualquier puesto de la Administración de nivel A1 (el mas alto), o para dar clases en la Universidad.

:arrow: Bueno, no solo para eso. Sirve un poquito más: habilita para trabajar en empresas e industria con tal grado.


Por supuesto, solo eran dos ejemplos, los primeros que se me ocurrieron sobre la marcha.

:saludo2: :saludo2:


jaea
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Mensaje por jaea »

papialf escribió:Una aclaración: cuando terminas , por ejemplo en AGM, eres Graduado en Ingeniería de Organización Industrial con título equivalente a Grado en Ingeniería informática, Grado en Ingeniería Mecánica, Electrónica, etc (te servirá para el mundo de la empresa como siempre, según el empresario). Otra cosa es que para tener atribuciones para el ejercicio de una profesión regulada necesitas CASI SEGURO un Máster específico para ello.
El Graduado en Ingeniería Civil por lo que yo sé, NO tiene atribuciones profesionales de Ingeniero de Caminos, para ello debes hacer el Máster posterior de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos. (lo mismo el pasa a los Ingenieros Aeronaúticos y a los Ingenieros de Telecomunicaciones)


Vamos a ver, que el Título de Grado dé o no dé acceso a una profesión regulada, no depende ni del nombre del título, ni de que se haga o no se haga Master (algunos Master con acceso a profesión regulada solo son accesibles con determinados títulos de grado, todos los de la misma rama no permiten hacer ese Master).
Si el Plan de Estudios de un Título de Grado en concreto (y solo para esa Universidad) cumple los requisitos exigidos para el ejercicio de una profesión regulada y, además, a la hora de someterlo a aprobación se hace constar que ese título sirve para ejercer tal o cual profesión, entonces y solo entonces sierve para ello. Por ejemplo y respecto de algunos de los que citas, el "Grado en Ingeniería Mecánica por la Universidad de Valladolid" sirve para el ejercicio de la profesión de "Ingeniero Técnico Industrial" (en otras universidades no lo sé, habría que mirarlo). Pero por el contrario, el "Título de Grado en Ingeniería de Organización Industrial por la UNIZAR" no da derecho a nada (entre otros motivos, porque la UNIZAR ni siquiera lo pidió).
Por otra parte, no todos los títulos de grado, aunque se llamen igual, dan los mismos derechos; hay algunas universidades que aprobaron Grados en Arquitectura (con 330 créditos) que dan acceso a la profesión de Arquitecto, mientras que otras universidades aprobaron Grados en Arquitectura o en Fundamentos de Arquitectura (con 240 créditos o mas) que necesitan un Master para ejercer como Arquitecto.

Para saber si un título concreto de una universidad concreta dá o no dá derecho al ejercicio de una profesión regulada, yo recomiendo buscarlo en la página web conjunta del Ministerio de Educación, ANECA y UNIVERSIA del enlace:
http://srv.aneca.es/ListadoTitulos/
Solo si en los datos resumidos que aparecen del título hay un apartado con el contenido "Profesión Regulada: y el nombre de la profesión" se tiene derecho a ejercer esa profesión.

Ya se que todo esto es un poco confuso, pero creo que poco a poco lo iremos asimilando todos, yo el primero.

:saludo2: :saludo2:


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Mensaje por IQ1993 »

Actualmente los títulos de Grado en Ingeniería X lo que hacen es darte la antigua titulación de ingeniero técnico X, con todas sus competencias. Lo que pasa es que con Bolonia ha habido una marabunta increíble de nuevas titulaciones en el campo ingenieril, de manera que lo que antes eran especializaciones de segundo ciclo ahora son grados también, sin embargo muchas de esas especializaciones no tienen competencias, como Organización Industrial.

Sin embargo yo no me preocuparía mucho por las competencias. En primer lugar porque un ingeniero en Organización no va a tener que firmar proyectos (y luego muchos ingenieros de especialidades tradicionales no firman nada en toda su vida, ojo), ya que su ámbito de trabajo es la logística y demás. Y por otro lado porque es probable que de aquí a unos años los colegios profesionales desaparezcan...así que las regulaciones y demás desaparecerían.

Saludos.


Volverán sin ser los que partieron, faltarán algunos que murieron. Honrará la Patria a todos ellos...y para siempre su memoria guardará!!
papialf
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Mensaje por papialf »

Tienes razón en lo que dices, yo solo quería resaltar que para tener las mismas atribuciones que un antiguo ingeniero superior se necesita, después de hacer el grado ADECUADO, un Master. Además de que, por ejemplo, los ingenieros informáticos de antes y de ahora, no tenían atribuciones (aunque lo han reclamado numerosas veces) y creo que no les ha ido del todo mal
Es decir que esta ingeniería (Organización Industrial) tendrá salida, sobre todo, si el mercado lo demanda.


hect96
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Mensaje por hect96 »

Buenas, alguien sabe si este año se preve que salgan mas plazas para la oficiales de la AGM y para Guardia Civil?


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Mensaje por ATMHeart »

hect96 escribió:Buenas, alguien sabe si este año se preve que salgan mas plazas para la oficiales de la AGM y para Guardia Civil?


Se prevé un número similar. Si esperas a (probablemente) este viernes, se te podrá informar de manera oficial al respecto.
Para GC lleva años siendo 80... no creo que cambie.


La bandera de La Legión es la más gloriosa porque está teñida con la sangre de sus legionarios.
jaea
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Mensaje por jaea »

IQ1993 escribió:Sin embargo yo no me preocuparía mucho por las competencias. En primer lugar porque un ingeniero en Organización no va a tener que firmar proyectos (y luego muchos ingenieros de especialidades tradicionales no firman nada en toda su vida, ojo), ya que su ámbito de trabajo es la logística y demás. Y por otro lado porque es probable que de aquí a unos años los colegios profesionales desaparezcan...así que las regulaciones y demás desaparecerían.

Saludos.

Que desaparezcan los colegios profesionales no quiere decir que vayan a desaparecer las profesiones reguladas.

Una cosa es que no haya Colegio de Médicos, o que no se exija la colegiación obligatoria para ejercer como médico y otra muy distinta que cualquiera con conocimientos en medicina (veterinario, enfermero, etc) pueda poner una consulta para ejercer como médico.

Por otra parte, tener reconocida la competencia para el ejercicio de una profesión regulada es muy importante, porque te permite el libre ejercicio de esa profesión (una salida profesional mas) y en muchos casos en exclusiva.

Es tan importante que hasta el Ministerio de Defensa ha empezado a decir los títulos que le valen o no le valen en función de que sirvan o no sirvan para ejercer determinada profesión regulada; la Orden DEF/853/2014 (BOE del 27-05-2014), no hace una enumeración exaustiva de títulos que sirven para ingresar en los Cuerpos de Ingenieros, sino que habla de los títulos que permiten el ejercicio de determinadas profesiones reguladas (Arquitecto, Ingeniero Aeronáutico,Ingeniero Industrial, Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico en Topografía, etc).

:saludo2: :saludo2:


jaea
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Mensaje por jaea »

Vamos, que el título de Ingeniero de Organización Industrial, por no tener competencia profesional, NO le sirve al Mº de Defensa para los Cuerpos de Ingenieros, fíjate tu la tontería.
:saludo2: :saludo2:


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Mensaje por Culopollo »

ATMHeart escribió:
hect96 escribió:Buenas, alguien sabe si este año se preve que salgan mas plazas para la oficiales de la AGM y para Guardia Civil?


Se prevé un número similar. Si esperas a (probablemente) este viernes, se te podrá informar de manera oficial al respecto.
Para GC lleva años siendo 80... no creo que cambie.


Aunque el compañero tiene toda la razón, puede que saquen alguna mas con motivo del aumento de la edad limite para presentarse al proceso. Pero con estas cosas nunca se sabe :militar-beer: .


serpico
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Mensaje por serpico »

Al hilo de lo que comentabais sobre la titulacion de Grado de Ingenieria de Organizacion Industrial, y en relacion a lo comentado por " JAEA", en lo referente a mirar en las paginas de aneca sobre la baloracion que hacen de que si habilita o no para la prectica profesional, he mirado en cuatro universidades Madrid, Barcelona, Pais Vasco y Valladolid, aleatoriamente.

Este grado viene recogido en en la Rama de Conocimiento " Ingenieria y arquitectura", en todas por igual, y asimismo la valoracion que hacen todas es " Observacion del Colegio de Universidades : Este grado no solicita atribuciones profesionales"

No obstante en la Universidad de Santiago de Compostela dice : "Este titulo se ha evaluado atendiendo a la Orden Ministerial CIN/351/2009, por la que se establecen los requisitos para la Verificacion de titulos universitarios oficiales que abiliten para el ejercicio de la profesion de ingeniero industrial"

Esta claro que hay controversia entre las distintas Universidades dando la misma rama de estudio, aunque lo de no solicita atribuciones a que se refiere?
A que no da valided como profesional o que no necesitan practicas en el tema para ejercer el oficio?



y cambiando un poco de tema Cuando saldran la nuevas convocatorias? A los chavales se les va a hechar el tiempo encima para las matriculas y demas.
Si el año pasado fue de traca con el traspaso de los expedientes academicos este año no lo van a tener mejor


un saludo


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