onuba escribió:Una duda que nos ha surgido en un chat de aspirantes a soldado, a ver si podéis resolvérmela:
Existen años mínimos de servicio en el ejército una vez salido de la agm.
Pueden utilizar la carrera obtenida dentro en la vida civil.
Muchas gracias!!
Yo pensaba que las respuestas eran que te puedes marchar y que no puedes utilizarla fuera, es decir no tienes competencias profesionales, pero dicen que estoy equivocado.
Respecto a la segunda parte:
El título que se obtiene en las Academias Militares tiene plena vigencia en la vida civil, independientemente de que se sea o se deje de ser militar.
Cosa distinta es que puedas utilizarlo para algo, por dos motivos:
1.- Deberías obtener de la Administración para la que trabajas (el Ministerio de Defensa) una autorización de COMPATIBILIDAD para el ejercicio de una segunda actividad.
2.- En el caso de la AGM, en los otros no lo sé porque no he leido la memoria del título aprobada por la ANECA, el título de Ingeniero de Organización Industrial es un título de grado que no sirve para el ejercicio de ninguna PROFESIÓN REGULADA. Son unos estudios que no autorizan al ejercicio de una profesión regulada. Te pongo un ejemplo: un Graduado en Ingeniería Civil que en la memoria del título autoriza al ejercicio de la profesión de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos.
Con este título pasa como con la mayoría de los que hoy se imparten en cualquier universidad española, que no sirven para ejercer ninguna profesión regulada, pero que servir, sirve, por ejemplo para opositar a cualquier puesto de la Administración de nivel A1 (el mas alto), o para dar clases en la Universidad.