Ufffffffffffffff Grumo, va a ser largo y tedioso, intentaré resumir, pero no me pidas milagros.
GRUMO escribió: La delimitación es la parte declarativa sobre cuales son los limites. La demarcación es la materialización de esos limites mediante hitos
Absolutamente correcto.
Ahora lo que te saltas es cual de las dos prima
Cuando solo existe la delimitación es evidente que no hay competencia ya que solo existe aquella.
por ejemplo Chile Argentina desde 1880; toda la frontera esta delimitadadesde esa fecha, y hemos estado al borde de la guerra a lo menos 2 veces desde aquello
por interpretaciones diferentes respecto de como demarcar, todavía queda un tramo por demarcar en campos de hielo.
Pero una vez realizada que sea la demarcación todo se rige por ella. Y ni siquiera los argentinos han puesto en duda una demarcación en que ellos han participado.
ASI; una vez que la demarcación ha sido realizada, EN ESTE CASO Chile Peru, en 1930 y 1969 Prima la demarcación.
Que como bien dices es la materialización en el terreno, y posteriormente en los mapas, por medio de hitos cuya ubicación geográfica se conoce por todos con grados de latitud y longitud, minútos y segundos realizados y verificados por ambas partes.
Y esto es un asunto de seguridad jurídica, para justamente evitar que cada cierto tiempo una de las partes se invente una nueva interpretación de la delimitación, como es el caso presente con el Peru.
Pueden repetir y repetir el texto del tratado ad nauseam, pero eso no va a cambiar el hecho de que en 1930 y en 1969 el Estado peruano en una comisión mixta DEMARCO PERFECTAMENTE LA FRONTERA
Pueden intentar obviar ese hecho inconveniente, sin embargo allí esta, el hecho de callarlo no implica la inexistencia de la demarcación.
Por estas razones de seguridad jurídica entre Estados limítrofes respecto a sus acuerdos de sus fronteras comunes,
expresiones como :"
y es la delimitación la que prevalece" no provocan rabia, estupor o risa. Solo mueven a lástima.
GRUMO escribió:Ponernos de acuerdo
Me parece que tu posicion va que solo se puede acudir al arbitraje de EEUU si ambos paises nos ponemos de acuerdo en hacerlo.
A ver largo y tiene mas de una arista
El artículo reza :
Artículo Duodécimo
Para el caso en que los Gobiernos del Perú y de Chile,
no estuvieren de acuerdo en la
interpretación que den a cada una de las diferentes disposiciones de este Tratado, y en que,
a pesar de su buena voluntad, no pudiesen ponerse de acuerdo, decidirá el Presidente de los
Estados Unidos de América la controversia.
1- E
n que parte o disposición no estamos de acuerdo en la interpretación del tratado de 1929 ?
Fíjate que espanto; No hay discusión alguna a las disposiciones del tratado, y menos a lo referente a la delimitación de la frontera.
Así que insisto, pueden citar todas las veces que quieran el texto del tratado de 1929, en especial la parte delimitatoria de la frontera y vamos a estar SIEMPRE DE ACUERDO.
El problema surge del desconocimiento por parte de Peru de la demarcación existente de 1930 / 1969,
2
Lo anterior es parte de una interpretación discordante ? Y de ser así : de que disposición del tratado de 1929 ?
Solo expongo el asunto, personalmente ( Y solo a título personal, y aquí si que puedo estar equivocado y mucho ) creo que lo obrado por las comisiones mixtas debe ser entendido como un elemento integral de dicho tratado para su cabal comprensión, entendimiento y aplicación y que ha estado vigente en forma indiscutida por 75 años. Hasta el 2005 por que antes de eso no hay ningún documento oficial por parte del estado peruano que haga referencia al fantasmal punto 266 .... O conoces alguno y al fin alguien me va a responder?
- Por el contrario antes de esa fecha ( Años 90, no recuerdo exactamente, gobierno de Fujimori ) hay declaración oficial del Estado peruano de que no quedan asuntos limítrofes pendientes referidos al tratado de 1929
- Otro problema
Crei haber expusesto claramente, parece me equivoque, que los árbitros deben aceptar el encargo.
Fulvio Boni escribió:Para ello es menester
1.- que el designado como arbitro acepte el encargo
(
Que lata esto de auto citarse, pido disculpas )
Me podrías dar 1 , 2 o 3 ejemplos de jefes de Estado que acepten ser árbitros con omisión de la manifestación de voluntad o contra la oposición de una de las partes ?
Hacer aquello implica un riesgo diplomático que habitualmente no se esta dispuesto a correr, aún si hay acuerdo, o te crees que a la corona británica le sentó muy bien que le declararan insanablemente nulo su laudo ?
Quien quiera desconocer esto, ignora la realidad, falta a la verdad o es muy cándido.
Saludos y perdona lo largo y latero
Llorad por él, llorad hasta que mojen, mujeres, vuestras lágrimas la tierra, la tierra que él amó, su idolatría.
Llorad, guerreros ásperos de Chile, acostumbrados a montaña y ola, este vacío es como un ventisquero, esta muerte es el mar que nos golpea.