http://revistamarina.cl/revistas/2016/3/aacunaf.pdf
Encuentro un curioso artículo en la Revista Marina de la ACH del mes de Marzo de 2016, en donde
ensayan la teoría de que el Punto Concordia "no existe" y que supuestamente, ese punto se quedó en medio del desierto, a 84 metros de la línea del ferrocarril Tacna-Arica, en el Hito N° 9 denominado "Concordia" con fines conmemorativos.
Sin embargo se trata de un artículo muy superficial, un "ensayo" muy parecido a los que se publicaron en esa revista sobre el tema del límite marítimo, es decir, convenientemente escrito ignorando detalles y documentos incómodos que harían caer por los suelos sus teorías, o sea, muy a su estilo.
Por ejemplo, en el caso del límite marítimo, la revista de la ACH gastó resmas de papel y litros de tinta para sostener que la Declaración de Santiago de 1952 era un "tratado de límites marítimos" y ahora que la CIJ les dijo que no lo era, no se ha molestado en
explicarles a sus lectores por qué, si es que el Acuerdo de 1952 era un "tratado de límites marítimos", no relizó labores de patrullaje en su supuesta zona marítima hasta las 200 millas sino solamente hasta la milla 80, ya que esa fue una de las razones por las que finalmente la CIJ cambio el estatu quo subsistente hasta el 27.01.2014 y esa era una responsabilidad inherente a esa institución.
El "ensayo" publicado en la Revista Marina, empieza a fundamentar su teoría sobre que el Punto Concordia es el Hito N° 9, con una afirmación sesgada, en la que para variar omiten por conveniencia algo muy importante:
El artículo 2º del Tratado de Pazy Amistad de 1929 dice:
“…La línea divisoria entre dichas dos partes, y, en consecuencia, la frontera entre los territorios de Chile y del Perú, partirá de un punto de la costa que se denominará «Concordia», distante diez kilómetros al norte del puente del río Lluta, para seguir hasta el Oriente, paralela a la vía de la sección chilena del ferrocarril de Arica a La Paz…”
Tomar nota que dice “un punto de la costa”, no un punto en la orilla de mar o de playa o de bajamar; que está ubicado al Norte del puente del Río Lluta.
La muy sesuda observación que hace el autor de la nota (Que hemos resaltado al final de la cita) es cierta, sin embargo, pese a inicialmente hubo ambigüedad en la ubicación del Punto Concordia, eso no quiere decir que el Punto Concordia haya dejado de ser el
punto de partida de la línea divisoria que señala el Tratado y eso es lo que no se dice (Muy convenientemente, por cierto)...
Es por ello que el Tratado de 1929 debe analizarse con sus documentos complementarios en conjunto, porque de esa manera podremos comprobar que de esa ambigüedad sobre la ubicación del Punto Concordia también fueron conscientes los delegados de la Comisión Mixta que tuvo a su cargo la demarcación y por ello solicitaron a sus respectivos gobiernos que se pusieran de acuerdo sobre el curso que debería seguir la línea de frontera desde el punto a diez Km. al norte puro o verdadero del puente sobre el río Lluta hasta su
punto de partida en el Océano Pacífico, es decir, que finalmente
el punto de inicio de la línea divisoria,
sea donde estuviera, debería llamarse Punto Concordia.
¿El Hito N° 9 es el punto de inicio de la frontera terrestre???
Nó.
Entonces ese hito no es el Punto Concordia, porque según el Tratado ese punto
es el inicio de la línea divisoria...
Seguidamente, hace una exposición que no tiene nada que ver con el establecimiento de la línea de frontera, sino con los trabajos de erección de los hitos que la demarcan (Se sigue haciendo una confusión entre delimitar y demarcar) haciendo referencia al acta final de la Comisión demarcadora, elaborada en cumplimiento del último párrafo del Art. IV del Tratado de 1929, que no es más que "relación detallada de la ubicación y características definitivas de los hitos fronterizos", que señalan de manera precisa la ubicación de los hitos mediante coordenadas, pero que señalan de manera
genérica el "lugar de situación" de los mismos.
Es claro que esa Acta no describe una línea de frontera sino, solamente, la relación de los hitos que se colocaron a lo largo de ella...
El hito Nº 9, el único que tiene nombre, está ubicado y descrito con mayor detalle que los demás, asimismo, en la parte final del acta de 1930 lo describe: ”El hito Concordia es un monumento de concreto reforzado de siete metros de altura”
Eso es innegable...
El Hito N° 1 no era un mojón de concreto, era un monumento, se le denominó "Concordia" con fines meramente conmemorativos y no porque ese fuera el Punto Concordia, ya que como dijimos, según el Tratado, ese nombre lo debe tener el punto desde donde
parte la línea divisoria, que finalmente fue ubicado en el Océano Pacífico...
Chile ha aceptado el caracter simbólico del nombre que se le puso al Hito N° 9 y la CIJ recogió esa aceptación en la sentencia del 27.01.2014, en la parte final del Punto 155. los jueces hacen la siguiente precisión:
Finalmente, el Perú aclara que el Acta Final acuerda dar al Hito Nro. 9, ubicado cerca de la línea del ferrocarril, la denominación de “Concordia” por razones simbólicas, explicación con la que Chile concuerda.
No hay nada más que comentar porque está clarísimo...
La comisión mixta demarcadora del límite ubicó el Hito Concordia, e interpretando la definición de “diez kilómetros al Norte del puente del río Lluta” colocaron ocho hitos al Oeste del hito Nº 9 Concordia, trazando un arco hasta la orilla de mar.
Esta es una falacia que hace tiempo que se desbarató aqui...
El Hito N° 9 no se encuentra a diez Km. al norte puro o verdadero del Puente sobre el río Lluta:
http://www.militar.org.ua/foro/limites- ... l#p7317010
Y contrariamente a lo que se afirma en este artículo, los delegados Basadre y Brieba sí estaban conscientes de cuál era el punto al norte verdadero del puente sobre el río Lluta, lo prueba el informe que envía Basadre a la Cancillería Peruana explicando las propuestas para trazar la línea de frontera desde ese punto hasta al Océano Pacífico y adjunta un mapa en el que a mano traza con tinta azul la propuesta de Brieba y con tinta roja su propia propuesta:
El Punto de inicio de ambas propuestas se encuentra en el norte verdadero del puente sobre el río Lluta...
Es más, el autor del "ensayo" se contradice al aceptar líneas abajo que el Hito N° 9 se encuentra a "aproximadamente al 343º verdadero, cercano al Norte" pero no en el norte verdadero....
Estas conclusiones dejan suficientemente demostrado que el denominado punto Concordia es el Hito Nº 9 y que no existe en el tratado de 1929 ni en el acta de 1930 el tal punto Concordia a orilla de mar como pretende el Perú, con lo que ha creado artificialmente una disputa sobre el denominado triángulo que es claramente territorio chileno.
Esta "conclusión" nos lleva a concluir que el nivel de este Contralmiralte Oficial de Estado Mayor, está más o menos por ahí con la Cancillería Chilena...
El Punto Concordia existe, es el Punto de inicio de la frontera terrestre entre Perú y Chile, lo dice textualmente el Tratado de 1929 y lo ratifica la CIJ en la sentencia del litigio por el límite marítimo...
¿No leyó eso (O no comprendió lo que leyó) el Contralmirante Acuña??
¿Será que en la ACH los grados se obtienen por agradecimiento o por favores políticos o por "ser hijo de...." tal como ocurre en la cancillería de Chile???
Por simple razonamiento lógico:
Si el Tratado y la CIJ dicen que el punto de partida de la línea divisoria (Que finalmente fue establecido en el Océano Pacífico) es el Punto Concordia, entonces queda descartado que ese Punto esté a 09 Km, del mar en tierra adentro...
Osea, el Hito N° 9 no es el Punto Concordia...
Saludos.