Bomber@ escribió:...parecida a cuando Rajoy convocó las elecciones del 21-D... saltándose así la Constitución, el Estatut....
Francamente, algunos argumentos jurídicos me parecen demenciales.
Respecto a la decisión del Tribunal Supremp, parece que el motivo por el que el ex presidente y algunos de sus consejeros huyeron a Bélgica fue para entorpecer la labor de la justicia, pretendiendo un juicio previo en ese país que condicionase la causa que contar ellos se sigue en España. Con lo que aquellos cargos que permanecieron en España y no se sustrajeron de la acción de la justicia podrían ser juzgados por delitos más graves que los que aquí se quedasen. En esa situación se ha preferido retirar la euroorden, pero sin olvidar que se puede plantear en cualquier otro momento si los tipos esos intentan trasladarse a algún otro país.
sobrea las páginas que se aducen, la misma página Hayderecho ya indica que tiene una visión particular de las leyes. No hará falta decir que en eso la red es como la Biblia, que rebuscando antes o después se encuentra algún lugar donde cualquier argumento, por retorcido que sea, se presente como la verdad jurídica. Pues sintiendolo mucho una págian web no es un argumento jurídico de peso. En cualquier caso, España es un país de derecho en el que se respetan las leyes (y no como en esa república de alpargata que se quería crear) y si alguien se considera perjudicado lo único que tiene que hacer es recurrir, e incluso puede reclamar daños y perjuicios.
Sobre el destierro, si Puigdemont y su panda se consideran desterrados, pueden solventarlo de una manera muy sencilla: presentándose ante un juzgado de guardia español, acompañçandose de todo el aparato legal que quieran. No solo no están desterrados sino que han podido presentar su candidatura electoral. Otra cuestión que puedan tomar posesión de su acta (si la consiguen) si no quieren someterse a la acción de la justicia. Son muy curiosas las leyes: hay que tomarlas en conjunto, no solo las que a uno le gustan.
Del procesamiento de los cargos electos, es algo que el forista Bomber@ se ha sacado de la manga. No se ha hecho y es muy dudoso que se haga. En cualquier caso, el estar acusado o incluso encausado no impide presentarse a las elecciones. Solo en caso de condena en firme hay inhabilitación.
Para acabar, el Consell de Garanties Estatutàries puede decir lo que le dé la real gana. Si lo considera conveniente puede presentar un recurso de inconstitucionalidad, otra cuestión que sea admitido o que llegue a prosperar. Si el argumento es considerar desproporcionada la medida tras una declaración de independencia acompañada de acciones violentas, como el acoso a la fuerza pública cuando intentaba ejecutar mandatos judiciales, o el corte de vías de comunicación durante las algaradas ¿cuándo se consideraría justificado? ¿durante una guerra nuclear?
Había un gobierno que se estaba saltando las leyes a la torera, no solo la Constitución sino su propio Estatuto de Autonomía. Además desoía una y otra vez las órdenes judiciales, y estaba conspirando para crear (con dinero público) una estructura para actuar contra el estado. Ese gobierno ha ignorado una y otra vez mandatos judiciales, como con el caso de las obras de arte de Sijena (por ejemplo). El Consell, cuyos miembros fueron elegidos por los partidos secesionistas, dice que la manera de actuar hubiese sido dar órdenes ¿qué garantía pudiera haber de que se cumpliesen? Máxime cuando la policía autonómica estaba siendo controlada por esa facción secesionista, ya había desobedecido órdenes anteriores, y grupos secesionistas relacionados con el presidente y lso consejeros sediciosos estaban promoviendo algaradas contra las otras fuerzas de orden público.
Decir que una destitución y una convocatoria de elecciones es una medida desproporcionada, con todo, tiene parte de razón. Pues podría decirse que ha sido una medida desproporcionadamente suave que ha permitido, por ejemplo, que parte de los acusados hayan huido, y que persistan estructuras de poder en la Generalitat que hayan llevado, por ejemplo, a un recurso contra la orden de traslado de los bienes de Sijena, interpuesta por un letrado que actuaba de manera independiente contra las órdenes de la actual consejería. Lo proporcionado probablemente sido la ocupación policial (que no militar) de todas las instituciones, y el cese de todos, absolutamente todos los cardos de designación que estuviesen relacionados con la secesión. Pero una medida así casi con seguridad hubiese llevado a un choque contra la policía, y por seguridad de los ciudadanos se ha preferido tomar una medida más leve.
Lo siento mucho, pero hay argumentos tan traídos de los pelos que hacen sospechar (no digo de qué) de los que los sostienen.
Saludos