Independencia de Cataluña (III parte)

Programas de Defensa Nacional, presupuesto militar. El nacionalismo, Cataluña y País Vasco. Ceuta y Melilla frente a Marruecos. Relaciones con la OTAN.
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Independencia de Cataluña (III parte)

Mensaje por Bomber@ »

Domper escribió:Yo no creo que una ley orgánica pueda modificar otra ley orgánica que ha sido ratificada en un referendo y que además aplica preceptos constitucionales, y resulta más que probable que el Tribunal Constitucional no solo anule la medida sino que imponga medidas cautelares. Respecto al 155, su redacción es ambigua, pero no parece nada claro que se pueda disolver un parlamento autonómico sin convocar elecciones.

Haciendo lo que dices la legalidad de la medida sería más que discutible (ni no era anulada directamente por el TC), el gobierno español quedaría en posición desairada, por no decir nada del efecto que tendría aprovechar un estado excepcional para modificar (o anular) un estatuto de autonomía. Por el contrario, si se actúa dentro de lo legal es el gobierno catalán el que no acepta los mandatos de los tribunales y el que está jugando con el delito de sedición.

Es lo malo, o mejor, dicho, lo bueno de respetar las leyes.
Respetar las leyes es lo que más repiten los que gustan denominarse "constitucionalistas". Ya sabemos que en realidad no respetan ni el Estatut (inmunidad parlamentaria) ni la Constitución (el 155 es la "coerción federal", como ya he indicado varias veces), ni los DDHH (libertad de expresión).

Además sabemos que los tribunales españoles mandarán "lo que sea", pero en este tema no es de esperar que eso tenga un sustento legal real, ni tampoco es de esperar que se persigan los delitos que cometan los "constitucionalistas" "en defensa de la unidad de España". (Por todo eso es tan obvio que hay presos políticos en España, como todos sabemos.)

Todo esto es el preludio para recordar algo ya sabido: hace aproximadamente un año se intervino la economía de la Generalitat catalana porque (cito del "auto medida cautelar intervención cuentas de la Generalitat", del Tribunal Supremo, de fecha 18 de octubre de 2017):


En atención a la situación descrita, con el objetivo de seguir garantizando el
normal funcionamiento de los servicios públicos fundamentales, la estabilidad
presupuestaria, la sostenibilidad financiera y la coordinación de la Hacienda Pública, en
defensa del interés general, considerando que las recientes actuaciones de
determinadas autoridades y miembros de las instituciones representativas y de gobierno
de la Comunidad Autónoma de Cataluña atentan contra dichos principios e incumplen
sus obligaciones constitucionales y legales, han de adoptarse las medidas necesarias
para garantizar su respeto y cumplimiento al amparo de lo previsto en la Constitución
española, la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y
Sostenibilidad Financiera y el Real Decreto-ley 17/2014, de 26 de diciembre, de
medidas de sostenibilidad financiera de las comunidades autónomas y entidades locales
y otras de carácter económico».


Es decir: realmente fue por motivos políticos, no económicos. Y lo que dijera Estatut, Ley de Estabilidad Presupuestaria o de Sostenibilidad (Ley Orgánica 2/2012, para este caso lo relevante son los artículos 25 y 26) o Constitución era indiferente.

Se recurrió al Tribunal Supremo, para que suspendiera la intervención, y éste indicó un "he escogido no verlo, además ahora no toca" (esto son palabras mías, en realidad indican):



Así, ni la invocada falta de motivación del acuerdo, ni la supuesta
desproporción o arbitrariedad de las medidas adoptadas, ni su pretendida
falta de cobertura legal, ni tampoco la sustracción de competencias al
Tribunal Constitucional, ni las infracciones denunciadas respecto a cada
una de las distintas medidas, incluida la, a su juicio, indebida fijación del
plazo de 48 horas del acuerdo de no disponibilidad y el cómputo del
mismo; ni la pretendida vulneración de la autonomía financiera de la
Generalitat, o el indebido incumplimiento del trámite del artículo 155 de la
Constitución, al que remite el artículo 26 de la Ley Orgánica 2/2012, se
aprecian a primera vista de forma clara. En todo caso, merecen un
examen pormenorizado al abordar la cuestión de fondo.




Corolario: invocando "interés general" (o cualquier otra palabra mágica) al Gobierno de España se le permite hacer y deshacer a su antojo de forma indefinida (la intervención de la Generalitat ha durado hasta que el nuevo Gobierno de Sánchez tuvo a bien conceder la gracia de su retirada). Por eso no hace falta que le deis vueltas a cómo hacer legalmente la retirada de competencias o si prevalece el Esatatut u otra ley orgánica o hace falta el 155 o... Está demostrado que todas esas cosas las tiene resueltas cualquier Gobierno "constitucionalista" en un periquete.


PD)
Gaspacher escribió:"Si no habláis o entendéis el catalán hace falta que asistáis a la entrevista acompañados de una persona que pueda traducir. Si ello no fuera posible, hay que informar al tutor", señalan en una nota
La verdad es que suena muy feo. Pero, sin más datos, me suena más a vagancia que a posible discriminación.

Legalmente los funcionarios han de atender al público en el catalán o castellano según decida el usuario. Sospecho que es una reunión con diversos padres a la vez, porque así tendría un poco de sentido la noticia: por defecto se da en catalán, si alguien necesita de traductor y lo tiene... pues con decir las cosas una vez estaría listo. Si parte del público lo quiere en catalán y la otra parte en castellano... pues es cuando se lía la cosa: Hacer una única comunicación en castellano no sería solucion, porque los padres que quieran las comunicaciones en catalán tienen derecho a ello.

Resumiendo (mi punto de vista, a falta de más datos): lo suyo sería que hubiera horario para hacer las comunicaciones/entrevistas en los dos idiomas = duplicar trabajo... y por el comunicado deduzco que se intenta hacer una única comunicación... y si cuela, pues menos tiempo que se ha de dedicar a explicar lo mismo.


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tercioidiaquez
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Independencia de Cataluña (III parte)

Mensaje por tercioidiaquez »

La verdad es que suena muy feo. Pero, sin más datos, me suena más a vagancia que a posible discriminación
.
A mi me suena que aparte de un mentiroso intentas justificar nuevamente un comportamiento racista. Como es habitual.
Después de defender el hostigamiento a hijos de guardias civiles no se Puede esperar nada más.
Lo único que deseo es que te pase a ti algo parecido alguna vez. Ya me gustaría leer tu queja.


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Independencia de Cataluña (III parte)

Mensaje por mma »

Legalmente los funcionarios han de atender al público en el catalán o castellano según decida el usuario. Sospecho que es una reunión con diversos padres a la vez, porque así tendría un poco de sentido la noticia: por defecto se da en catalán, si alguien necesita de traductor y lo tiene... pues con decir las cosas una vez estaría listo. Si parte del público lo quiere en catalán y la otra parte en castellano... pues es cuando se lía la cosa: Hacer una única comunicación en castellano no sería solucion, porque los padres que quieran las comunicaciones en catalán tienen derecho a ello.
Tocate lo que no suena.

El usuario decide y el funcionario tiene que aceptarlo pero resulta que haciendo una graciosa cabriola mental el funcionario decide y el usuario tiene que aceptar su decisión. Bien empezamos.

Con lo que volvemos a lo habitual, la típica llantera indepe haciendose las victimas y resulta que como hay que respetar el derecho de los padres que quieren recibir su comunicación en catalán nos ciscamos en el derecho de los padres que quieren recibirla en castellano haciendo uso del punto primero, que el usuario decide. Así que cuando se lia la cosa los nazis hacen lo único que saben, jorobar a quienes no piensan como ellos. Pero con mucha sonrisa y mucho seny y encima diciendonos que lo hacen por nuestro bien y que tienen el sacrosanto derecho desde el siglo XIV de reirse de nosotros en nuestra cara.

No se pueden decir mas estupideces para defender lo indefendible.


Domper
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Mensaje por Domper »

Bomber@ escribió:Respetar las leyes es lo que más repiten los que gustan denominarse "constitucionalistas". Ya sabemos que en realidad no respetan ni el Estatut (inmunidad parlamentaria) ni la Constitución (el 155 es la "coerción federal", como ya he indicado varias veces), ni los DDHH (libertad de expresión).
Ya se ha repetido hasta la saciedad que inmunidad no es impunidad, y que eso de la coerción federal es de la constitución alemana. Aquí la que cuenta es la española. Con todas esas cosas me suena a aquello de ver la paja en el ojo ajeno y no la viga en el propio.

Decir qu eno se permite la libertad de expresión es el colmo cuando son los independentistas los que atacan a los que discrepan. Pero no, se queja porque hubo un caso sobreseído en el que se denunció a un grupo por insultos graves que están recogidos en el Código Penal, u otros en lso que se ha condenado por apología del terrorismo o por menosprecio a las víctimas.

Además me hace gracia que se recrimine saltarse el estatuto (que, por cierto, indica que los diputados pueden ser detenidos en caso de flagrante delito) cuando ha sigo Puigdemont & cia quien lo ha ignorado.
Además sabemos que los tribunales españoles mandarán "lo que sea", pero en este tema no es de esperar que eso tenga un sustento legal real, ni tampoco es de esperar que se persigan los delitos que cometan los "constitucionalistas" "en defensa de la unidad de España".
Es delito, por lo visto, cumplir la Constitución y respetar lso mandatos de los tribunales.
(Por todo eso es tan obvio que hay presos políticos en España, como todos sabemos.)
Eso solo lo saes tú. Yo lo que sé es que en España hay políticos presos. No es lo mismo. Aunque ya me sé la táctica: repetir mil veces la mentira hasta que se convierta en una verdad. Como las grabacioens manipuladas de cuando el plebiscito ilegal.
Todo esto es el preludio para recordar algo ya sabido: hace aproximadamente un año se intervino la economía de la Generalitat catalana porque (cito del "auto medida cautelar intervención cuentas de la Generalitat", del Tribunal Supremo, de fecha 18 de octubre de 2017)
Posteriormente ha quedado claro que la Generalitat solicitaba préstamos al estado para emplear esos fondos en una maniobra ilegal. Es de cine: me piden dinero para comprar el arma con la que atracarme, y se quejan porque no se lo doy.
Es decir: realmente fue por motivos políticos, no económicos. Y lo que dijera Estatut, Ley de Estabilidad Presupuestaria o de Sostenibilidad (Ley Orgánica 2/2012, para este caso lo relevante son los artículos 25 y 26) o Constitución era indiferente.
DE motivos políticos, estamos en lo de siempre: se hace pasar por política lo que es delito. Además, si has leído los últimos mensajes, se ha indicado que las competencias son cedidas (no donadas ni entregadas en propiedad) por el estado. Por cierto, no sé qué tienen que ver los trabajos forzados o los tribunales de honor en estp (artículos 25 y 26 de la Constitución). Respecto al TS, en España es independiente (no como en el proyecto ese de republiqueta) y lo que cuenta son sus dictámenes. Pensar que obedecen órdenes de Madrid es manía persecutoria.
Se recurrió al Tribunal Supremo, para que suspendiera la intervención, y éste indicó un "he escogido no verlo, además ahora no toca" (esto son palabras mías, en realidad indican):...
El TS lo que decía era que el estado había actuado correctamente y que la reclamación no tenía base. Así que ni corolarios ni mandangas.
Legalmente los funcionarios han de atender al público en el catalán o castellano según decida el usuario. Sospecho que es una reunión con diversos padres a la vez, porque así tendría un poco de sentido la noticia: por defecto se da en catalán, si alguien necesita de traductor y lo tiene... pues con decir las cosas una vez estaría listo. Si parte del público lo quiere en catalán y la otra parte en castellano... pues es cuando se lía la cosa: Hacer una única comunicación en castellano no sería solucion, porque los padres que quieran las comunicaciones en catalán tienen derecho a ello.
¿Has leído la nota? Se indica que si los padres no hablan catalán que lleven un traductor. Es decir, que la comunicación será solo en catalán.
Resumiendo (mi punto de vista, a falta de más datos): lo suyo sería que hubiera horario para hacer las comunicaciones/entrevistas en los dos idiomas = duplicar trabajo... y por el comunicado deduzco que se intenta hacer una única comunicación... y si cuela, pues menos tiempo que se ha de dedicar a explicar lo mismo.
Es lo que tiene estar en una comunidad bilingüe, que hay que duplicar. Salvo que se quiera imponer el catalán por la fuerza.

Saludos
Última edición por Domper el 16 Sep 2018, 14:54, editado 1 vez en total.



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Mensaje por Domper »

cornes escribió:
Domper escribió:no permitir un derecho constitucional?
Sin embargo, lo de indicar a los padres que se necesita un interprete ya va muchos pasos más allá, un empleado público no puede decirle a un ciudadano que desconoce o se niega a utilizar el idioma oficial del estado para el que trabaja, incumpliría el requisito primero indispensable para desempeñar un empleo público.
A eso me refería, precisamente. Además, si el padre tiene ganas de juerga, podría ir, hablar en castellano, que no le atendiesen, y grabar todo. Ya sé que no es un delito pero sí podría ser motivo de apertura de un expediente. Y si a quien le corresponde no lo hace, ya se estaría metiendo en terrenos procelosos, pues los funcionarios tienen obligación de velar por el buen funcionamiento de la Admon.

Respecto a lo de señalarse, me temo que en muchas localidades catalanas ya no hace falta. Lo hacen los camisas pardas digo lazos amarillos.

Por cierto, un detalle: en Reus son mayoría de votos los constitucionalistas y hay un porcentaje importante de inmigración interna. No es lo mismo soltar lo del traductor en un pueblecito de la Segarra que en un aciudad que es mayoritariamente castellano parlante. No hablo por hablar, mi hermana vive ahí.

Saludos
Última edición por Domper el 16 Sep 2018, 15:24, editado 1 vez en total.



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Mensaje por gabriel garcia garcia »

Respetar las leyes es lo que más repiten los que gustan denominarse "constitucionalistas". Ya sabemos que en realidad no respetan ni el Estatut (inmunidad parlamentaria) ni la Constitución (el 155 es la "coerción federal", como ya he indicado varias veces), ni los DDHH (libertad de expresión).
Hasta aqui he leido, las mismas mentiras de siempre mil veces desmontadas ya aqui mismo y que se siguen repitiendo en bucle por que es el unico argumento que tienen :pena:


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Independencia de Cataluña (III parte)

Mensaje por Domper »

Recordemos a ese prohombre que tan a gusto se sentiría con esos luchadores por la libertad:
Cuando se lanza una mentira, y se repite con la frecuencia adecuada, al final se consigue que la gente se la crea.

La mentira debe mantenerse tanto tiempo como sea necesario para el Estado; de ese modo, se ocultarán al pueblo las consecuencias políticas, económicas y militares de la mentira.

Por este motivo, es vital para el Estado emplear todo su poder en la represión de cualquier opinión disidente.

La verdad es el enemigo mortal de la mentira, y por ello mismo la verdad es el mayor enemigo del Estado.
Lo triste es que haya tantos que se crean a pies juntillas las mentiras del independentismo.

Saludos



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Mensaje por sendin »

Hola.

A veces me da por pensar, si son capaces de hacer todo lo que estan haciendo, sin ser independientes, ni tener control de la justicia, que harian si lo fueran.

Como parece que el fugado y el titere se empeñan en convertir a su partido en una especie de CUP.2. Dejo un articulo del los objetivo de la CUP, para los paises catalanes, (no solo cataluña), van desde nacionalizar casi todo, repartir la tierra, salir de europa, el impago de la deuda, controlar los medios de comunicaciòn o prohibir los zoológicos y la prohibición de la "compra-venta y tráfico de animales de compañía", etc.
También dicen que los unicos idiomas oficiales en los paises catalanes seran el catalan y el occitano, no asi el castellano.


https://www.elconfidencial.com/espana/c ... a_1494002/

https://magnet.xataka.com/en-diez-minut ... a-de-la-ue


La política es el arte de buscar problemas, encontrarlos, hacer un diagnóstico falso y aplicar después los remedios equivocados.
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Mensaje por Bomber@ »

mma escribió:El usuario decide y el funcionario tiene que aceptarlo pero resulta que haciendo una graciosa cabriola mental el funcionario decide y el usuario tiene que aceptar su decisión. Bien empezamos.
No, no está bien. El funcionario ha de ser un servidor, y no lo parece... y el usuario no tiene que acptar la decisión de un servidor. Personalmente no me gusta lo que hacen esos funcionarios, sólo he indicado que (con los datos que tengo) más bien parece un tema de vagancia.
Domper escribió:eso de la coerción federal es de la constitución alemana. Aquí la que cuenta es la española.
Lo que pasa es que el 155 español está muy claramente inspirado en el 37 alemán... así que seguimos en que lo que permite el 155 es la "coerción federal" y no "ahorcar a los discrepantes".
Decir qu eno se permite la libertad de expresión es el colmo cuando son los independentistas los que atacan a los que discrepan. Pero no, se queja porque hubo un caso sobreseído en el que se denunció a un grupo por insultos graves que están recogidos en el Código Penal, u otros en lso que se ha condenado por apología del terrorismo o por menosprecio a las víctimas.
Volvemos a lo de siempre: no es lo mismo sufrir ataques de particulares a, además de sufrir estos, sufrir ataques del Estado. Te recuerdo (por poner algo sencillito) la condena por los silbidos al himno... los jueces responsables siguen ejerciendo.
Además me hace gracia que se recrimine saltarse el estatuto (que, por cierto, indica que los diputados pueden ser detenidos en caso de flagrante delito) cuando ha sigo Puigdemont & cia quien lo ha ignorado.
No hay delito flagrante de ninguno de los parlamentarios catalanes presos, y en cuanto hubieran pasado a disposición judicial se tenía que aplicar la inmunidad. Así que no se está respetando su inmunidad parlamentaria y lo sabes.
Es delito, por lo visto, cumplir la Constitución y respetar lso mandatos de los tribunales.
No te quieres enterar: El problema está cuando lo que indican los tribunales va contra las leyes vigentes.
Aunque ya me sé la táctica: repetir mil veces la mentira hasta que se convierta en una verdad
Cada uno tiene su verdad. ¿En serio crees que se está respetando la inmunidad parlamentaria de los parlamentarios catalanes?
Posteriormente ha quedado claro que la Generalitat solicitaba préstamos al estado para emplear esos fondos en una maniobra ilegal.
Eso es lo que dicen los periódicos para nacionalistas mayoritarios. Si eso fuera cierto Llarena lo habría remitido a los tribunales que tenían que aplicar la euroorden... y no lo hizo. ¿Decías algo de repetir mentiras?
Por cierto, no sé qué tienen que ver los trabajos forzados o los tribunales de honor en estp (artículos 25 y 26 de la Constitución). Respecto al TS, en España es independiente (no como en el proyecto ese de republiqueta) y lo que cuenta son sus dictámenes. Pensar que obedecen órdenes de Madrid es manía persecutoria.
Fíjate que estaban dentro de un paréntesis. Son los artículo 25 y 26 de la Ley Orgánica 2/2012.

Artículo 25. Medidas coercitivas.

1. En caso de falta de presentación, de falta de aprobación o de incumplimiento del plan económico-financiero o del plan de reequilibrio, o cuando el periodo medio de pago a los proveedores de la Comunidad Autónoma supere en más de 30 días el plazo máximo de la normativa de morosidad durante dos meses consecutivos a contar desde la comunicación prevista en el artículo 20.6 la Administración Pública responsable deberá:

a) Aprobar, en el plazo de 15 días desde que se produzca el incumplimiento, la no disponibilidad de créditos y efectuar la correspondiente retención de créditos, que garantice el cumplimiento del objetivo establecido. Dicho acuerdo deberá detallar las medidas de reducción de gasto correspondientes e identificar el crédito presupuestario afectado, no pudiendo ser revocado durante el ejercicio presupuestario en el que se apruebe o hasta la adopción de medidas que garanticen el cumplimiento del objetivo establecido, ni dar lugar a un incremento del gasto registrado en cuentas auxiliares, a cuyo efecto esta información será objeto de un seguimiento específico. Asimismo, cuando resulte necesario para dar cumplimiento a los compromisos de consolidación fiscal con la Unión Europea, las competencias normativas que se atribuyan a las Comunidades Autónomas en relación con los tributos cedidos pasarán a ser ejercidas por el Estado.

b) Constituir, cuando se solicite por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, un depósito con intereses en el Banco de España equivalente al 0,2 % de su Producto Interior Bruto nominal. El depósito será cancelado en el momento en que se apliquen las medidas que garanticen el cumplimiento de los objetivos.

Si en el plazo de 3 meses desde la constitución del depósito no se hubiera presentado o aprobado el plan, o no se hubieran aplicado las medidas, el depósito no devengará intereses. Si transcurrido un nuevo plazo de 3 meses persistiera el incumplimiento podrá acordar que el depósito se convertirá en multa coercitiva.

2. De no adoptarse alguna de las medidas previstas en el apartado a) anterior o en caso de resultar éstas insuficientes el Gobierno podrá acordar el envío, bajo la dirección del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, de una comisión de expertos para valorar la situación económico-presupuestaria de la administración afectada. Esta comisión podrá solicitar, y la administración correspondiente estará obligada a facilitar, cualquier dato, información o antecedente respecto a las partidas de ingresos o gastos. La comisión deberá presentar una propuesta de medidas y sus conclusiones se harán públicas en una semana. Las medidas propuestas serán de obligado cumplimiento para la administración incumplidora.

Artículo 26. Medidas de cumplimiento forzoso.

1. En el supuesto de que una Comunidad Autónoma no adoptase el acuerdo de no disponibilidad de créditos previsto en el artículo 25.1.a), no constituyese el depósito obligatorio establecido en el artículo 25.1.b) o no implementase las medidas propuestas por la comisión de expertos prevista en el artículo 25.2, el Gobierno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 155 de la Constitución Española, requerirá al Presidente de la Comunidad Autónoma para que lleve a cabo, en el plazo que se indique al efecto, la adopción de un acuerdo de no disponibilidad, la constitución del depósito obligatorio establecido en el artículo 25.1.b) o la ejecución de las medidas propuestas por la comisión de expertos.

En caso de no atenderse el requerimiento, el Gobierno, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, adoptará las medidas necesarias para obligar a la Comunidad Autónoma a su ejecución forzosa. Para la ejecución de las medidas el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de la Comunidad Autónoma.

2. En el supuesto de que una Corporación Local no adoptase el acuerdo de no disponibilidad de créditos o no constituyese el depósito previsto en el artículo 25.1.b) o las medidas propuestas por la comisión de expertos prevista en el artículo 25.2, el Gobierno, o en su caso la Comunidad Autónoma que tenga atribuida la tutela financiera, requerirá al Presidente de la Corporación Local para que proceda a adoptar, en el plazo indicado al efecto, la adopción de un acuerdo de no disponibilidad, la constitución del depósito obligatorio establecido en el artículo 25.1.b), o la ejecución de las medidas propuestas por la comisión de expertos. En caso de no atenderse el requerimiento, el Gobierno, o en su caso la Comunidad Autónoma que tenga atribuida la tutela financiera, adoptará las medidas necesarias para obligar a la Corporación Local al cumplimiento forzoso de las medidas contenidas en el requerimiento.

En el caso de que la Comunidad Autónoma que tenga atribuida la tutela financiera no adoptase las medidas contempladas en este apartado, el Gobierno requerirá su cumplimiento por el procedimiento contemplado en el apartado 1.

3. La persistencia en el incumplimiento de alguna de las obligaciones a que se refiere el apartado anterior, cuando suponga un incumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, del objetivo de deuda pública o de la regla de gasto, podrá considerarse como gestión gravemente dañosa para los intereses generales, y podrá procederse a la disolución de los órganos de la Corporación Local incumplidora, de conformidad con lo previsto en el artículo 61 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.



Esto es lo que el Tribunal Supremo no ve claramente que se ha incumplido en la intervención a las finanzas de la Generalitat. No digo que el TS siga órdenes del Gobierno, digo que no parece nada imparcial y que no parece que se atenga a la ley.
El TS lo que decía era que el estado había actuado correctamente y que la reclamación no tenía base.
El hecho es que la ley indica lo que he copiado arriba, y que el TS dijo que eso no se había incumplido claramente y que "ahora no toca". Ahora vuelve a echar un vistazo a lo que dice la Ley y decide si en la intervención de las finanzas se cumplió cualquiera de las cosas que ahí indica... no hace falta más que un vistazo. :wink:
¿Has leído la nota? Se indica que si los padres no hablan catalán que lleven un traductor. Es decir, que la comunicación será solo en catalán.
Y más abajo indican "Si no coneixeu cap persona que us pugui fer de traductor/a...", así que supongo que una solución les darían... por eso indico que parece un tema de vagancia.
gabriel garcia garcia escribió:las mismas mentiras de siempre mil veces desmontadas ya aqui mismo y que se siguen repitiendo en bucle por que es el unico argumento que tienen
¿Lo del no respeto a la inmunidad parlamentaria ha sido desmontado? Recuérdamelo, por favor (que yo recuerde todo lo demás tampoco, pero mejor empecemos con algo sencillito).


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Independencia de Cataluña (III parte)

Mensaje por Silver_Dragon »

Los CDR y sus politicas "pacificas", contramanifestación espontanea contra la manifestación de defensa del español con los permisos del ayuntamiento, ha tenido que cambiar su recorrido por las advertencias de los mossos de que si terminaba en la plaza de Sant Jaume, acabaría en "batalla campal". la entidad estudia emprender acciones legales contra los Mossos d'Esquadra por haberles forzado a modificar su recorrido.
http://www.elmundo.es/cataluna/2018/09/ ... b45e1.html


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Mensaje por tercioidiaquez »

Volvemos a lo de siempre: no es lo mismo sufrir ataques de particulares a, además de sufrir estos, sufrir ataques del Estado. Te recuerdo (por poner algo sencillito) la condena por los silbidos al himno... los jueces responsables siguen ejerciendo.
Eso lo dices tú. Y aunque un funcionario tenga penas mas graves por según que delitos cometa, lo que no se puede es justificar a unos por algo que entre otras cosas es mentira.
¿Que los jueces siguen ejerciendo? ¿Qué hay que hacer con ellos? ¿Depurarlos por aplicar la ley?
Repásate el codigo si tienes un poco de verguenza. Vas a hablar de jueces, cuando llevais años pasando por el forro de la estelada las sentencias de los jueces. Solo te quejas de aquellas supuestas ofensas que te provocan. Y luego tienes la caradura de reclamar justicia, cuando los tuyos y tu estais impidiendo el derecho de otros que no piensan igual.
El problema está cuando lo que indican los tribunales va contra las leyes vigentes.
Demuéstralo.
¿En serio crees que se está respetando la inmunidad parlamentaria de los parlamentarios catalanes?
En el ejercicio de sus funciones sí, cuando se saltan la ley a sabiendas no hay inmunidad.
Pero de derechos de parlamentarios vais a hablar cuando os pasasteis por los cojo*** los de la oposición que no comulgaba con vosotros, en esa parodia de proclamación, impidiendo a los diputados hablar y saltandoos todos los pronunciamientos judiciales.çç


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Mensaje por Domper »

Bomber@ escribió:
Domper escribió:eso de la coerción federal es de la constitución alemana. Aquí la que cuenta es la española.
Lo que pasa es que el 155 español está muy claramente inspirado en el 37 alemán... así que seguimos en que lo que permite el 155 es la "coerción federal" y no "ahorcar a los discrepantes".
Como si se inspira en el himno del Atleti. Lo que cuenta es lo que se escribió y se votó en España. Allá los alemanes con su normativa.
Volvemos a lo de siempre: no es lo mismo sufrir ataques de particulares a, además de sufrir estos, sufrir ataques del Estado. Te recuerdo (por poner algo sencillito) la condena por los silbidos al himno... los jueces responsables siguen ejerciendo.
Esos ataques de particulares están siendo amparados por los poderes públicos catalanes. Respecto a las pitadas al himno, y ya que te gusta tanto la legislación comparada, pita en un estadio norteamericano cuando canten el himno y conseguirás una lección jurídica. Guste o no los símbolos representan al estado y a los españoles.
No hay delito flagrante de ninguno de los parlamentarios catalanes presos, y en cuanto hubieran pasado a disposición judicial se tenía que aplicar la inmunidad. Así que no se está respetando su inmunidad parlamentaria y lo sabes.
¿Qué no hay delito flagrante? Si lo vimos por la televisión. Lo de aplicar la inmunidad al pasar a disposición judicial es de traca. Hagamos un símil: resulta que un diptado del PAN (partido autonomista de Navalcarnero) es detenido cuando atracaba un banco ¿hay que aplicarle la inmunidad al pasar a disposición judicial?
No te quieres enterar: El problema está cuando lo que indican los tribunales va contra las leyes vigentes.
De traca.
Aunque ya me sé la táctica: repetir mil veces la mentira hasta que se convierta en una verdad
Cada uno tiene su verdad. ¿En serio crees que se está respetando la inmunidad parlamentaria de los parlamentarios catalanes?
Me gusta lo del relativismo moral (alias ley del embudo). Respecto a la inmunidad, se ha repetido hasta la saciedad que inmunidad no es impunidad. Igual que si un parlamentario asesina a su esposa puede ser detenido y juzgado, también el que se rebela. Sobre las mentirijillas, vivo al otro lado de la raya y estoy harto de escuchar argumentos según los cuales soy un catalán irredento que hablo en esa bella lengua. Por favor, que no nací ayer.
Eso es lo que dicen los periódicos para nacionalistas mayoritarios. Si eso fuera cierto Llarena lo habría remitido a los tribunales que tenían que aplicar la euroorden... y no lo hizo. ¿Decías algo de repetir mentiras?
El juez lo que ha puesto en la euroorden son los indicios de rebelión. El incumplimiento por parte de la Generalitat de otras normas, aparte de no tener por qué ser un delito, no tiene aplicación en esta causa.
Fíjate que estaban dentro de un paréntesis. Son los artículo 25 y 26 de la Ley Orgánica 2/2012.
Que hablan de medidas coercitivas si no se cumplían las otras disposiciones de la ley. Como la Generalitat estaba empleando fondos para finas delictivos y no para las necesidades de la comunidad, pues se aplican los argumentos y en paz. Si no se ha hecho así, es el momento de recurrir ante los tribunales que para eso están. Huy, no me acordaba que los tribunales no son imparciales. Aunque luego en los procesos enter comunidades y el estado ganen las primeras la mayor parte de los pleitos, pero eso es solo para despistar.
Esto es lo que el Tribunal Supremo no ve claramente que se ha incumplido en la intervención a las finanzas de la Generalitat. No digo que el TS siga órdenes del Gobierno, digo que no parece nada imparcial y que no parece que se atenga a la ley.
Qué cosas, yo que pensaba que las fuentes del derecho son las leyes y la jurisprudencia, particularmente la emanada del tribunal constitucional y del supremo. No sé, tiendo a creerme más la resolución de un magistrado que la opinión de un particular.
¿Has leído la nota? Se indica que si los padres no hablan catalán que lleven un traductor. Es decir, que la comunicación será solo en catalán.
Y más abajo indican "Si no coneixeu cap persona que us pugui fer de traductor/a...", así que supongo que una solución les darían... por eso indico que parece un tema de vagancia.
Sí, como el que por vagancia no le da de comer al abuelo y va y se muere. Se exige a los padres que busquen un traductor para una lengua que la administración tiene obligación de emplear si lo exige el usuario.

Aunque yo ya he dicho que haría en ese caso: plantarme ahí hablando en castellano y con una grabadora ¿Qué me responden en castellano? Les diría cuatro frescas por el descaro de la nota ¿Qué se niegan? Pues juerga.

Por cierto, repito, en Reus hay una proporción importante de ciudadanos que o no hablan o no dominan el catalán, y que prefieren emplear el castellano como medio de comunicación. Entre otras cosas porque hablar una lengua que no se domina puede llevar a errores de interpretación. Pero luego un centro pretende imponer una norma que adema´s es anticonstitucional. Por vagancia, seguro que sí.

Saludos



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cornes
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Independencia de Cataluña (III parte)

Mensaje por cornes »

Bomber@ escribió:parece un tema de vagancia
Si tanto esfuerzo le cuesta a un empleado público emplear uno de los idiomas que está obligado a dominar completamente (Y en cuya competencia obligatoriamente tiene que estar acreditado), pues... no está capacitado para el puesto por lo que debe, obviamente, ser despedido y revisado el procedimiento que le adjudicó ese trabajo.

Y a mayores, por experiencia propia, estas cosas ni siquiera se trata del porcentaje de hablantes en el entorno de un centro, en el de mis hijos prácticamente el 100% de los padres somos gallegohablantes y estamos hasta las narices de una plaga de profesores que ni siquiera saben hablar gallego correctamente porque no lo han hablado en su puñetera vida hasta que les ha venido bien acreditar un celga4 para acceder a un empleo público, pretendiendo repartirnos certificados de galleguismo a nosotros...
Y en serio que da coraje y muchísima verguenza ajena oír a alguien que habla el "dialecto Feijoo"*1 lleno de tiempos compuestos, teismos, cheismos, darte lecciones... a lo que voy, que eso es lo que pasa cuando se confunde cultura e idioma con política e intereses y se hace del idioma un recurso politico y un caladero exclusivo de empleo público, que acabas teniendo una legión de lerdos que verán vinculado si bienestar o progreso económico a la preeminencia de ese idioma en la administración.
Llegar al punto en el que un funcionario que habla un idioma común contigo pretenda que acudas a una entrevista con él con un interprete ya es para tirarse del tren en marcha... :pena:

*1: Algo que consiste en la sintaxis del castellano hablada con, al menos en parte, vocabulario del gallego. Utilizada por quienes sin ser gallegohablantes pretenden hacerse pasar por tales sin ser conscientes, por ejemplo, de lo horroroso que pueden llegar a sonar los tiempos verbales compuestos en un idioma en el que estos no existen.
Última edición por cornes el 16 Sep 2018, 18:57, editado 1 vez en total.


Domper
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Independencia de Cataluña (III parte)

Mensaje por Domper »

Efectivamente, la cuestión de las lenguas es a veces para reír por no llorar.

Valga el caso de la «Franja de Ponent», como llaman en Cataluña a las comarcas limítrofes: léase la Viquipèdia donde pone zona catalana d'Aragó o Catalunya irredempta (en Aragón se dice, a lo sumo, franja oriental) con gran respeto a lo que puedan pensar sus habitantes, que hablen lo que hablen tienen muy claro lo que son y la muestra es que los partidos catalanistas raramente superan el 5% de los sufragios. En esas comarcas se habla un dialecto del catalán, aunque en determinadas zonas ese dialecto es mucho más próximo al aragonés. Lógico pues se habla en zonas aledañas.

La cuestión es que algunas de esas comarcas pidieron que se enseñase catalán en sus escuelas. En Zaragoza, como siempre, hubo algún borrego que dijo «o castellano o aragonés» pero se impuso el sentido común. El problema fue encontrar maestros y empezaron a aterrizar en esas comarcas enseñantes procedentes de Barcelona o Lérida que intentaron imponer su versión del catalán, haciendo lo que dices, enseñar a los de allí (padres y niños) como debían hablar. La guinda fue cuando en algunas escuelas se enseñaron canciones independentistas.

En Navarra (donde he vivido muchos años) ha pasado algo parecido con el vascuence. Yo entiendo que si se desea que una lengua tenga futuro se necesita un modelo, pero de ahí a que pazguatos que han obtenido el EGA vayan a dar lecciones…

Saludos



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Independencia de Cataluña (III parte)

Mensaje por Silver_Dragon »

Las grabaciones de los mossos del 1-O para reir mucho... obstrucción y mucho mas.
http://www.elmundo.es/espana/2018/09/16 ... b4611.html


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