Límites Marítimos Chile - Peru (archivo)

Las guerras y conflictos en la región latinoamericana, desde la Conquista hasta las Malvinas y el Cénepa. Personajes y sucesos históricos militares.
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Arpia
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Mensaje por Arpia »

Una chiquitas no más. Es que no pude resistir a dejar pasar esta noticia por alto. Esto ocurre cuando uno le tiene cierto agrado y pasión aciertos temas. :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen:

Para que aquellos que lo necesiten, ABRAN los ojos y vean que la CIJ de la Haya esta que SENTENCIA y SENTENCIA justamente en contra de la posición chilena, construyendo y REFORZANDO una jurisprudencia muy clara para casos como el caso peruano-chileno. Ya el que no quiere ver, pues es simplemente que por terquedad se niegan a aceptar la realidad aplastante.

Tres recientes fallos de Corte de La Haya abonan a favor de causa peruana, afirman embajadores


Lima, feb. 08 (ANDINA).- Tres recientes fallos de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya sobre diferendos marítimos respaldan la posición peruana en la demanda para buscar la delimitación marítima con Chile, destacaron esta semana diplomáticos y ex cancilleres.

Conocido el último fallo de la Corte sobre el caso de Rumania y Ucrania, resuelto usando el mecanismo de la equidistancia, los embajadores José de la Puente, Manuel Rodríguez Cuadros y Hugo de Zela enfatizaron la importancia de esa decisión porque, a su juicio, genera jurisprudencia a favor de Perú.

El 3 de febrero, La Haya resolvió que ese diferendo mediante la línea marítima equidistante entre las dos naciones europeas en el Mar Negro, caso que llegó hasta la instancia internacional por iniciativa de Rumania en el año 2004.

De la Puente, diplomático de amplia trayectoria y ex canciller de la República, dijo que esa sentencia tiene una enorme importancia porque el centro de la demanda marítima con Chile gira en el tema de la equidistancia.

El segundo caso se registró en diciembre del 2007, cuando la CIJ se declaró competente para dirimir en el conflicto entre Colombia y Nicaragua sobre su frontera marítima en el Caribe.

Nicaragua elevó en el 2001 este contencioso contra Colombia ante la Corte, aunque Bogotá negó la existencia del problema, pues consideraba que la frontera entre las dos naciones había quedado fijada en el Tratado Esguerra-Bárcenas de 1928-30.

Nicaragua, en cambio, insistió en la existencia del litigio, como lo demuestra, a su juicio, que después de 1930 tuvieron lugar negociaciones bilaterales entre los dos países para intentar resolverlo.

Con el fallo de La Haya en este caso, se fijó una nueva frontera marítima entre ambas naciones, lo cual constituyó una señal alentadora a favor de los planteamientos peruanos.

Precisamente, el ex canciller peruano Manuel Rodríguez Cuadros sostuvo que el referido tribunal es renuente a resolver los diferendos marítimos considerando “límites tácitos”, es decir, cualquier instrumento o situación de hecho que no sea un tratado fronterizo en regla.

En el tercer caso, la CIJ estableció en octubre de 2007 una nueva frontera marítima entre Nicaragua y Honduras sobre una línea bisectriz, reconociendo parte de los reclamos presentados por Managua y dando la razón parcialmente a Tegucigalpa sobre la soberanía de cuatro islas en el Caribe.

Nicaragua demandó en diciembre de 1999 a Honduras, reclamando que la frontera entre ambas naciones en el Caribe fuera trazada en el paralelo 17, mientras que Honduras sostenía que la frontera marítima se encontraba en el paralelo 15.

Pese a reconocer que el paralelo 15 no constituye la frontera, el tribunal admitió encontrarse “en la imposibilidad de definir puntos de base y construir una línea equidistante” que establezca el límite marítimo único, por lo que propuso tomar en cuenta el “método de la bisectriz” a partir de las costas de cada país.

Para De Zela este fallo también abona en la posición peruana cuyo argumento es que la línea equidistante o bisectriz es la que debe definir el contencioso fronterizo presentado ante La Haya.

Casos pendientes

Al margen de estos desacuerdos resueltos, en La Haya quedan tres causas presentadas por países latinoamericanos pendientes de solución.

Uno de esos pleitos es el que enfrenta a Nicaragua y Costa Rica por derechos de navegación del río San Juan y derechos anexos (2005), el segundo es el confrontado por Argentina y Uruguay desde el 2006 por la instalación de una planta de celulosa en territorio uruguayo junto a un río de soberanía compartida.

Y el tercer caso pendiente es del Perú, que presentó una demanda para delimitar la frontera marítima con Chile al considerar que esta no se encuentra establecida por ningún tratado internacional.

La Moneda se negó a iniciar un proceso de negociación bilateral planteado por Perú para resolver la demanda, y aseveró que en este asunto nada no hay nada qué negociar porque la frontera marítima estaría establecida por dos acuerdos firmados en la década del 50.

Perú ha aclarado que esos convenios no constituyen un tratado límites, y ante la negativa chilena de solucionar el tema bilateralmente presentó en enero del 2008 el contencioso jurídico ante La Haya.

Fuente: http://www.andina.com.pe/Espanol/Notici ... fW2tPyi3I=

Saludos, como siempre, cordiales; :mrgreen: :mrgreen: :wink: :wink:

Arpía
Última edición por Arpia el 09 Feb 2009, 23:40, editado 1 vez en total.


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Arpia
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Mensaje por Arpia »

Y la ultima:

Destacan que La Haya está contruyendo jurisprudencia basada en mecanismo de la equidistancia


La Corte Internacional de Justicia de La Haya construye una jurisprudencia en la resolución de los diferendos marítimos basada en la equidistancia, dijo hoy el embajador José de la Puente Radbill, quien consideró “alentador” para el Perú el último fallo de ese tribunal.

En la víspera, la Corte de La Haya hizo pública su reciente sentencia sobre el contencioso entre Rumanía y Ucrania, en la cual se pronunció a favor de la línea equidistante como solución a su diferendo marítimo.

“Esa sentencia tiene una enorme importancia porque el centro de nuestra presentación ante la corte gira casualmente sobre el mismo tema, es decir, la equidistancia en el diferendo marítimo con Chile”, declaró a la Agencia de Noticias Andina.

Perú planteó al gobierno de Chile delimitar la frontera marítima, no definida aún por un tratado de límites, para lo cual propuso se siga el trazo de una línea equidistante que divida en dos partes iguales el espacio marítimo.

Chile sostiene que la frontera marítima ya está establecida por acuerdos de la década de 1950, por lo que el caso fue llevado a la Corte de La Haya, ante la cual el Perú debe presentar su memoria el 20 de marzo próximo.

De la Puente, diplomático de amplia trayectoria y ex canciller de la República, sostuvo que la corte actúa en base a su jurisprudencia, que en términos jurídicos es lo que antecede y lo que se construye a través de la legislación y sentencias emitidas.

“Nos sentimos muy alentados, porque hay otros casos similares en La Haya, y varias de sus sentencias se basan en el principio de la equidad.”

Precisamente, la instancia internacional emitió el año pasado dos sentencias basadas en el principio de la equidistancia al resolver las diferencias fronterizas en los casos de Colombia-Nicaragua y Honduras-Nicaragua.

El embajador refirió que esos casos demostraron, por otro lado, que los juicios en La Haya tienen una larga duración y, en el caso peruano, indicó que la Cancillería calcula un promedio de siete a ocho años de proceso.

“Hace 50 años, Naciones Unidas congregaba a 45 países, y ahora cuenta con 149. Entonces, es de imaginar la cantidad de casos que se presentan en la corte, lo cual origina que los juicios sean muy largos y sumamente costosos.”

Tras la presentación de la memoria peruana, que contiene los fundamentos de la demanda marítima, Chile tiene plazo hasta el 9 de marzo de 2010 para presentar sus alegatos.

Fuente: http://www.tvperu.gob.pe/index.php?opti ... =1&ncid=16

Aquí surge una preguntita a nuestros amigos foristas del sur siempre bien versados y con amplio conocimiento sobre el tema. Nos podrían mostrar alguna sentencia de la CIJ de la Haya que justamente avale la posición de Chile, es decir que haya optado por la línea paralela en vez de la línea equidistante en controversias donde como el caso Peruano-chileno NO REXISTEN circunstancias especiales como islas????? Digo estoy seguro que ustedes ya han analizado este tema y tienen las sentencias que avalen la jurisprudencia respectiva a favor de su posición, no???????? Por favor muéstrennos o menciónennos al menos la sentencia de UN SOLO caso.

Les agradezco de antemano la pronta respuesta a esta simple preguntita y esperamos que no quede sin respuesta como todas y cada una de las preguntas que les hemos hecho, y que hasta ahora no responden. Sera que no saben que argumentar???? No, no creo, no??? O Si?????? :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen:

Saludos cordiales; :mrgreen: :mrgreen: :wink: :wink:

Arpía
Última edición por Arpia el 09 Feb 2009, 23:43, editado 1 vez en total.


TORPEDOHIT

Mensaje por TORPEDOHIT »

Estimado Arpia. bienvenido a este foro despues del exhauto trabajo que te demando tu proyecto.

Me llama la atencion la seriedad con la que escribes, es digno de seguir el ejemplo, especialmete el encabezado de tu ultimo post, mi hermanito menor tambien usa los emoticons, pero no taaantos porque no abusa de ellos.

Mi dimension intelectual ha estado siempre cuestionada, por otros que abusan del copy and paste.

La comprension y redaccion de lo que los intelectuales peruanos han firmado a traves de su historia como pais, es digna de un profundo estudio sicologico. Al momento de CONVENIR frente a dos estados soberanos como Ecuador y Chile, se apresuran a firmar cuanto documento se les exhiben, para darse cuenta hoy dia, que lo que firmaron ayer ahora no les conviene porque se sienten perjudicados, culpando de sus actos a CHILE que les ha ursurpado(?) 38.000 km2 de territorio maritimo por mas de SEIS DECADAS.

Si yo, ciudadano comun chileno soy "caja de resonancia" jejeje, que queda para los ciudadanos peruanos, altos personeros que representan al pueblo peruano, y que no tienen idea de lo que leen y firman por falta de materia gris en sus cerebros. A esos habria que "lincharlos".

Un oficial de la MP. llama "error tecnico" lo redactado y firmado por los que tienen que velar por los intereses peruanos, "la ignorancia es atrevida y por eso algunos pueblos lloran frente a la leche derramada".

Es de esperar que este bodrio llamado "alguien sabe donde esta situado mi limite maritimo"? cuyos actores son peruanos, les sea dado lo que merecen el dia que La Haya diga ""no ha lugar para este reclamo".

Saludos.

Torpedo..Hit.


badghost
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Mensaje por badghost »

Yo no se que tiene que ver la historia y conformación geográfica del Mar Negro con el tema en comento en este post.
En el "lago" Negro, con forma ovalada, en que confluyen mas de 8 países, la sentencia de CIDJ de La Haya era casi la única posible. Ahora, trasladar ese criterio al asunto que nos convoca, es un poco extremista por decir lo menos, o hagan el ejercico de tratar de fijar 200 millas de dominio marítimo en el Mar Negro, creo que se romperán la cabeza antes de lograr semejante cometido.

Por lo demás, la CIDJ ha fallado de acuerdo a la bisectriz en ausencia de instrumentos que fijaren estos límites con anterioridad y por mas que Perú diga otra cosa, nosotros entendemos que los límites ya están fijados.

Saludos :cool:


Para que los malos ganen, basta que los buenos no hagan nada...
Mentor
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Mensaje por Mentor »

Buenas:

Hace muchas , muchas páginas atrás, en este mismo hilo, varios foristas chlenos y peruanos ya habiamos discutido este tema ( y casi con los mismos argumentos de lado y lado).

Al parecer varios de los que ahora discuten , no han tenido tiempo o ganas de revisar esa antigua discusión.

En síntesis, la muy sencilla opinión que quisiera reiterar es que no existiendo un documento con el título de 'tratado de límites marítimos' se hace valer desde hace ya medio siglo los acuerdos firmados sobre 'soberanía marítima' ( y no acuerdos pesqueros, como quieren hacer creer algunos foristas peruanos).


1952
IV) En el caso del territorio insular, la Zona de 200 millas marinas se aplicará en todo el contorno de la isla o grupo de islas. Si una isla o grupo de islas pertenecientes a uno de los países declarantes estuviere a menos de 200 millas marinas de la zona marítima general que corresponde a otro de ellos, la zona marítima de esta isla o grupo de islas quedará limitada por el paralelo del punto en que llega al mar la frontera terrestre de los Estados respectivos.



Por ejemplo en el artículo IV del acuerdo de 1952, se lee claramente que:
" En el caso del territorio insular...." y no "Sólo en caso de territorio insular..."

Varios foristas peruanos quieren hacer creer que este artículo sólo es valido frente a la presencia de islas, pero resulta que el "sólo", sólo está en sus deseos.

Queda perfectamente aclarado, que se considera como"el límite el paralelo del punto en que llega al mar la frontera terrestre de los Estados respectivos".

Y en cuanto al acuerdo de 1954

Primero. Establécese una zona especial, a partir de las 12 millas marinas de la costa, de 10 millas marinas de ancho a cada lado del paralelo que constituye el límite marítimo entre los dos países.

En este artículo se ve que la intención es establecer la 'zona especial' pero que el paralelo se sigue considerando como el límite establecido.


Saludos


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GRUMO
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Mensaje por GRUMO »

Reitero

El Convenio Pesquero tiene toda la fuerza para seguir siendo considerado el unico instrumento que define los limites maritimos entre nuestros Dos estados

Y esto se mantiene y se respeta

Si en caso la CIJ acuerde que se formule un Tratado de Limites, norma juridica del nivel apropiado para este menester, aqui vendria el tira y afloja de las normas, pues habria que ver si es el principio de la equipadad (la bisectriz) o el principio de los usos y costumbres (aceptación del Convenio)


TorpedoHit escribió

La comprension y redaccion de lo que los intelectuales peruanos han firmado a traves de su historia como pais, es digna de un profundo estudio sicologico. Al momento de CONVENIR frente a dos estados soberanos como Ecuador y Chile, se apresuran a firmar cuanto documento se les exhiben, para darse cuenta hoy dia, que lo que firmaron ayer ahora no les conviene porque se sienten perjudicados, culpando de sus actos a CHILE que les ha ursurpado(?) 38.000 km2 de territorio maritimo por mas de SEIS DECADAS


Ese es el punto. Por motivos que solo son responsabilidad de los peruanos , se firmo y aceptó algo inapropiado y lesivo a los intereses del Perú. Es posible que sea digno de un profundo estudio sociológico, y eso es bueno, pues se acepta la existencia de un problema social, que es mejor que decir o creer que no hay un problema, haciendo la politica del aveztruz
Ahora, reitero el punto. Hay la posibilidad de reescribir o rectificar lo que los mismos peruanos han perpetrado, y acorde al Derecho Internacional. Y si los amigos chilenos no se percataron de esto, pensando "en la buena voluntad de los peruanos" es que alguien en su cancille´ría se olvidó que la formalidad jurídica es la norma entre los Estados, lo que tambien fue un error. Dejaron una ventana abierta, no es culpa de los peruanos.

TorpedoHit escribió

Es de esperar que este bodrio llamado "alguien sabe donde esta situado mi limite maritimo"? cuyos actores son peruanos, les sea dado lo que merecen el dia que La Haya diga ""no ha lugar para este reclamo".

Esperemos entonces ese día. Y si la CIJ asi lo decide, entonces habrá que formalizar las cosas con un Tratado, siguiendo llas disposiciones de la CIJ. Y si eso es lo que el Perú merece, pues solo queda superar ello y pasar la pagina y "no llorar sobre la leche derramada"


TorpedoHit escribió

Estimado Grumo.

no se si leistes mis disculpas, no fue mi animo provocarte una desazon pluvial. Lo dejamos hasta aqui.

Saludos.

TORPEDO...HIT!!


¿lo de pluvial es relativo al llanto?...Me agradaría que tengas la amabilidad de explayarte en ese punto, dado que estamos entre amigos y de iguales, con la misma amistad y con el mismo respeto...Por lo menos yo no apelaría a argumentos de llanto , pues te estaría faltando el respeto.

Sargento metralla escribió

Como siempre lo digo. Nos falta conocer de verdad y no dejarnos llevar por el marketing.


Cierto ...Nos falta conocer mucho la verdad. Por lo menos, en lo que conozco, mis opiniones las mantengo alejadas del marketing o de inflamados patriotismos .
En la Guerra del Pacífico, durante la batalla de Lima, algunos "defensores", llegaron a los reductos y a los primeros disparos entonaron el Himno Nacional, y entonando el Himno Nacional se retiraron sin ofrecer combate. Quiero tanto a mis pais como cualquier peruano, pero este amor a mi Patria me obliga a ver las cosas y las falencias de mi país, antes que "cantar el Himno Nacional en una retirada"

Saludos, perdonando lo extenso

El "cantor pluvial"
Grumo


¡Somos o no pilotos de combate!.... ya, que nos den otra misión y salimos 3 o 4 fierros, rasanteamos hasta donde podamos y si nos van tumbando.... nos tumbaron pues.... pero por lo menos uno llega y rompe.... así no regresemos los demás.... total para eso nos hemos formado, para eso estamos preparados, y si vamos a morir.... bueno nos inmolamos por la patria, es la oportunidad de demostrar lo que somos y valemos”. Coronel FAP Marco Antonio Schenone Oliva , piloto muerto en el Cenepa
TORPEDOHIT

Mensaje por TORPEDOHIT »

Estimado Grumo.

No sabes cuanto deseo que llegue la hora del veredicto de La Haya.

Pensando y creyendo que sea cual fuere ambos paises deberan aceptarlo y respetarlo.

Espero tambien que terminado esta dislexia, podamos vivir en paz como seres humanos y no como perros mordiendo al mejor estilo hortelano.

Incluyo una salida al mar para Bolivia, olvidando los peruanos que Arica ya no les pertenece y que no pongan trabas ni obstaculos a Chile y Bolivia para ello.

En otras palabras, corredor al Norte de Bolivia SI!! sin objeciones como nos tienen acostumbrados.

Se acepto y se firmo algo que era apropiado entre 1947 y 2004. Te imaginas revisar todo lo que se ha aceptado y firmado desde que existe la invencion de la escritura?

El problema social es peruano y deben resolverlo los peruanos.

De acuerdo al Derecho Internacional lo firmado se respeta.

La Corte no decide por los estados para rehacer limites y tratados, ni siquiera obliga a hacerlos. Solo da su veredicto final y a acatarlo.

Me llama la atencion el autoflagelo que te inflinges cuando firmas tus post, lo digo por la salida de madre que tuvistes cuando coloque 3-0; no me habia percatado de lo sensible que son los amigos peruanos , no fue mi animo provocarte un mar de sollozos.

Tu eres la excepcion a la regla, hablando de marketing, la palabra CHILE es capaz de hacer subir muchas cosas en el Peru, como la popularidad de los gobiernos y de todo lo que tiene que ver en el Peru con rescesion jejeje.

Algunos vecinos nuestros se jactaron que cenarian en Santiago, con el rabo entre las piernas yacen en las carceles por llevar a su pais a una guerra innecesaria.



Los unicos que pueden hacer cambiar el destino de un pais son hombres y mujeres que viven en el. Mientras no se de el desarrollo en la persona, jamas se dara el desarrollo en ese pais.

Grumo. "rie y conquistaras el mundo con tu simpatia"
llora y ganaras un contrato para actuar en una telenovela"

Saludos


TORPEDO..HIT!!


sargento_metralla
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Mensaje por sargento_metralla »

Mentor escribió:Por ejemplo en el artículo IV del acuerdo de 1952, se lee claramente que:
" En el caso del territorio insular...." y no "Sólo en caso de territorio insular..."

Varios foristas peruanos quieren hacer creer que este artículo sólo es valido frente a la presencia de islas, pero resulta que el "sólo", sólo está en sus deseos.

Saludos


Ya entonces quítale el "sólo" y consideremos únicamente "En el caso insular".

Existe un "caso insular" en el límite con Chile?.


Luisfer
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Mensaje por Luisfer »

Arpia escribió:Por fin termine mi proyecto!!!!!!!!!!!


Valgame. si durante todo este tiempo has estado muy pendiente del tema :mrgreen:

Nada amigo Arpia, es grato saber que dispondrás de mas tiempo a este estupendo foro. :wink:

Saludos


Aragorn
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Mensaje por Aragorn »

Sres.:

No acostumbro a escribir mucho, pero suelo seguir de vez en cuando estos temas y sólo quiero dejar un comentario.

Es de esperar que si la decisión de La Haya favorece a Chile, no hayan voces desde Perú cantando victoria por "haber llevado y obligado a Chile a arrodillarse ante la corte.. blah blah". Ojala puedan reconocer con valentía y honor lo que les toque. Por acá no me preocupo tanto, siempre hemos respetado los diferendos.

Saludos


"Un buen general primero busca la victoria y después la batalla" - Sun Tzu
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Mensaje por GRUMO »

Aragorn escribió:Sres.:

No acostumbro a escribir mucho, pero suelo seguir de vez en cuando estos temas y sólo quiero dejar un comentario.

Es de esperar que si la decisión de La Haya favorece a Chile, no hayan voces desde Perú cantando victoria por "haber llevado y obligado a Chile a arrodillarse ante la corte.. blah blah". Ojala puedan reconocer con valentía y honor lo que les toque. Por acá no me preocupo tanto, siempre hemos respetado los diferendos.

Saludos


Estimado amigo

Estúpidos chauvinistas hay en todas partes. Para eso los lideres politicos deben dar muestra de madurez y no dejarse llevar por la demagogia.

"Los perros ladran...es señal que avanzamos"

Saludos

El "demagogo"
Grumo

Grumo


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Mensaje por GRUMO »

TORPEDOHIT escribió:Estimado Grumo.

No sabes cuanto deseo que llegue la hora del veredicto de La Haya.

Pensando y creyendo que sea cual fuere ambos paises deberan aceptarlo y respetarlo.

Espero tambien que terminado esta dislexia, podamos vivir en paz como seres humanos y no como perros mordiendo al mejor estilo hortelano.

Incluyo una salida al mar para Bolivia, olvidando los peruanos que Arica ya no les pertenece y que no pongan trabas ni obstaculos a Chile y Bolivia para ello.

En otras palabras, corredor al Norte de Bolivia SI!! sin objeciones como nos tienen acostumbrados.

Se acepto y se firmo algo que era apropiado entre 1947 y 2004. Te imaginas revisar todo lo que se ha aceptado y firmado desde que existe la invencion de la escritura?

El problema social es peruano y deben resolverlo los peruanos.

De acuerdo al Derecho Internacional lo firmado se respeta.

La Corte no decide por los estados para rehacer limites y tratados, ni siquiera obliga a hacerlos. Solo da su veredicto final y a acatarlo.

Me llama la atencion el autoflagelo que te inflinges cuando firmas tus post, lo digo por la salida de madre que tuvistes cuando coloque 3-0; no me habia percatado de lo sensible que son los amigos peruanos , no fue mi animo provocarte un mar de sollozos.

Tu eres la excepcion a la regla, hablando de marketing, la palabra CHILE es capaz de hacer subir muchas cosas en el Peru, como la popularidad de los gobiernos y de todo lo que tiene que ver en el Peru con rescesion jejeje.

Algunos vecinos nuestros se jactaron que cenarian en Santiago, con el rabo entre las piernas yacen en las carceles por llevar a su pais a una guerra innecesaria.



Los unicos que pueden hacer cambiar el destino de un pais son hombres y mujeres que viven en el. Mientras no se de el desarrollo en la persona, jamas se dara el desarrollo en ese pais.

Grumo. "rie y conquistaras el mundo con tu simpatia"
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Saludos


TORPEDO..HIT!!


Algunos comentarios

Incluyo una salida al mar para Bolivia, olvidando los peruanos que Arica ya no les pertenece y que no pongan trabas ni obstaculos a Chile y Bolivia para ello.

El Protocolo Complementario de 1929 entrega Tacna para Perú y Arica para Chile. Obviamente como comprenderas, Arica pertenece a Chile en virtud de lo firmado.
En este mismo Protocolo, no se porque razones, se incluyo el parrafo que indica que en caso los territorios fueran cedidos a una tercera potencia , deberán de pedir la aprobación del Estado Peruano.
Como verás, esto no implica desconocimiento alguno ni se pone en tela de juicio la chilenidad de Arica.
Y si se ponen trabas o obstáculos, bueno, es la posición peruana de acuerdo a coyunturas. No hay paises amigo o enemigos sino de intereses comunes o encontrados. En el hoy y ahora sería interesante la salida de Bolivia, pero ¿A quien favorece? No lo sé, porque lo primero que haría Bolivia es una cruzada Nacional para hacer un puerto en la zona entregada, asi gaste millones y millones. Obviamente que de construirse sería un problema para Arica y para Ilo (money is money)
¿Es acaso una jugada de gambito para que Chile evite un puerto boliviano cerca a Arica, al poner a Perú en la posicion de perro del hortelano? ¿La negativa es una preocupacion de Perú para evitar una segmentación del Sur del país, dada la infuencia decisisva de la etnia aymara en la zona?

No es cosa de buenos y malos, sino de muchas aristas

Se acepto y se firmo algo que era apropiado entre 1947 y 2004. Te imaginas revisar todo lo que se ha aceptado y firmado desde que existe la invencion de la escritura?

Todo es revisable y modificable. Para eso existen en los mismos documentos las normas para su denuncia. Si no lo sabes, te lo comento, pero es claro que un "Convenio" entre Estados no puede ser denunciado unilateralmente
Y dado que escribimos sobre el Convenio de Pesca, es contundente el hecho que no existe una norma superior que rija esta norma subordinada. Es un excelente recurso jurídico este vacío

De acuerdo al Derecho Internacional lo firmado se respeta.

Disculpa, pero ¿Alguien desconocen lo firmado?. Reitero, mientras no exista una norma superior, el Convenio de Pesca se respeta.

Me llama la atencion el autoflagelo que te inflinges cuando firmas tus post, lo digo por la salida de madre que tuvistes cuando coloque 3-0; no me habia percatado de lo sensible que son los amigos peruanos , no fue mi animo provocarte un mar de sollozos.

No se trata de sensibilidad, sino de mutuo respeto. No me provocastes un mar de sollozos, agradeciendote la preocupación. Lo que si me provocastes fue una gran preocupación, pues estas buscando argumentos directos a mi persona. El FMG es mucho mas importante que un simple forista como yo. Puedes decir de mi persona lo que quieras, pero perdemos una gran oportunidad de cambiar ideas solo con el ánimo de provocarme una reacción desatinada.
De mi parte amistad y respeto, reiterandote el pedido que tengas la misma deferencia

Tu eres la excepcion a la regla, hablando de marketing, la palabra CHILE es capaz de hacer subir muchas cosas en el Peru, como la popularidad de los gobiernos y de todo lo que tiene que ver en el Peru con rescesion jejeje.

Evito hablar de Chile porque no conozco la realidad chilena. Si concoes la realidad peruana, me gustaría que compartas los instrumentos de investigación que te han permitido llegar a esta conclusión sobre el perú y los peruanos. Si no los tienes es un simple comentario, basado en subjetividades que refleja lo que en realidad sientes tu por el perú y los peruanos (xenofobia quizas?)

Grumo. "rie y conquistaras el mundo con tu simpatia"
llora y ganaras un contrato para actuar en una telenovela"


Gracias por el comentario, pero te retruco con una cita de un inmortal de la lengua española

"Ladran Sancho....es señal que avanzamos" (Cervantes)

Saludos

El "llorón" :confuso:
Grumo


¡Somos o no pilotos de combate!.... ya, que nos den otra misión y salimos 3 o 4 fierros, rasanteamos hasta donde podamos y si nos van tumbando.... nos tumbaron pues.... pero por lo menos uno llega y rompe.... así no regresemos los demás.... total para eso nos hemos formado, para eso estamos preparados, y si vamos a morir.... bueno nos inmolamos por la patria, es la oportunidad de demostrar lo que somos y valemos”. Coronel FAP Marco Antonio Schenone Oliva , piloto muerto en el Cenepa
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__DiaMoND__
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Mensaje por __DiaMoND__ »

cuando en Perú se refieren al "convenio de pesca" asi como bajandole el perfil

a cual se refieren?


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Arpia
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Mensaje por Arpia »

Bueno ahora si empezaremos a debatir con nuestros siempre estimados amigos foristas chilenos. Tengo muchísimas cosas que replicar en todo este tiempo que estuve ausente, y he decido hacerlo por orden de importancia ya que el orden cronológico me parece que en este caso no es eficiente, por lo que con las disculpas del caso a nuestros amigos foristas del sur pasare a responder las intervenciones y pregunta del forista TORPHEDOHIT que sin ser la primera si es de lejos la más interesante.

Antes que nada TORPHEDOHIT te agradezco la alusión y comparación con tu hermano menor, ya que eso significa que mantenemos el espíritu joven y también en cierto modo la inocencia infantil que a muchos adultos nos falta. Créeme que tu verbo azucarado y complaciente para con este forista es bien recibido. Lo que si te aconsejaría es que te calmes un poco ya que molesto sueles escribir cosas muy cómicas que son el deleite, no solo mío, sino que estoy seguro que de muchísimos aquí, tratando inútilmente de herir ciertas susceptibilidades de las cuales yo en realidad carezco. Tenias tu vena de payasito de circo de barrio, que interesante, te felicito por eso. En fin cada loco con su tema.

Bueno hechas las aclaraciones del caso pasemos a responder el ’’El asunto Arpía’’ como de la manera mas simpática lo ha denominado TORPEDOHIT, es de decir al tema referido a que los acuerdos de 1954 y 1952 son denunciables. Primero veamos que nos solicito TORPEDOHIT:

TORPEDOHIT escribió:Arpia perdona, no fui muy explicito para pedirte el link de tu asombro jejeje . puedes publicar lo referente a donde aparece la denuncia de los "acuerdos" manifestado por Chilito?

Gracias.

Torpedo...Hit

Ahora pasando al asunto de fondo diremos que tanto la Declaración de Santiago de 1952 como el Convenio sobre Zona Especial Fronteriza Marítima de 1954 son susceptibles de denuncia conforme a la voluntad de las partes. Ello es una prueba adicional de que no constituyen tratados de límites ni que establecieron cláusula delimitadora alguna entre el Perú y Chile.

Las partes, en este caso, el Perú, Chile y Ecuador, dejaron constancia inequívoca de que su intención era celebrar tratados DENUNCIABLES, en el proceso de elaboración de las normas del Sistema del Pacífico Sur, durante la realización de la Segunda Conferencia sobre Explotación y Conservación de las Riquezas Marítimas del Pacífico Sur. Como es de conocimiento general, el sistema se creó y organizó durante la Primera Conferencia sobre Explotación y Conservación de las Riquezas Marítimas del Pacífico Sur, que tuvo lugar en Santiago de Chile entre el 11 y 19 de agosto de 1952. En esa oportunidad se aprobó la Declaración de Santiago de 1952 y se creó la Comisión Permanente de la Conferencia, como decisiones principales. Los instrumentos que se aprobaron durante la primera conferencia, denominados Acuerdos de Santiago, pasaron a ser referentes constitutivos del sistema, es decir las bases y principios del mismo, razón por la cual las partes resolvieron que todo tratado, acuerdo o declaración posterior debería guardar estricta concordancia y no modificar, ni siquiera por vía de interpretación, lo dispuesto en los convenios constitutivos del sistema. Estos son:

1.- La Declaración de Santiago.

2.- La resolución sobre organización de la comisión permanen¬te de la conferencia sobre explotación y conservación de las riquezas marítimas del Pacífico Sur.

3.- La declaración conjunta relativa a los problemas de la pes¬quería en el Pacífico Sur.

4.- El reglamento para las faenas de caza marítima en las aguas del Pacífico Sur.

La CLÁUSULA PÉTREA de protección e intangibilidad de las disposiciones de estos instrumentos jurídicos fue introducida en todos los convenios y acuerdos suscritos en la Segunda Conferencia sobre Exploración y Conservación de las Riquezas Marítimas del Pacífico Sur, realizada en Lima, en diciembre de 1954. El acuerdo de las partes fue que ningún convenio o instrumento jurídico posterior a los Acuerdos de Santiago debía oponerse o modificar y debe considerarse SUBORDINADO a las disposiciones contenidas en los citados acuerdos. La cláusula de intangibilidad se redactó de la siguiente manera:

"Todo lo establecido en el presente Convenio se entenderá ser parte integrante complementaria y que no deroga las resoluciones y acuerdos adoptados en la Conferencia sobre Explotación y Conservación de las riquezas Marítimas del Pacífico Sur, celebrada en Santiago de Chile, en agosto de 1952". (Copia fiel del Acta de la primera sesión de la Comisión I de la Segunda Conferencia sobre Explotación y Conservación de las Riquezas Marítimas del Pacífico Sur del 2 de diciembre de 1952.)

Esta cláusula pétrea fue introducida con la misma redacción en todos los convenios aprobados durante la Segunda Conferencia sobre Exploración y Conservación de las Riquezas Marítimas del Pacífico Sur. Está contenida en:

1.- El artículo 5 del Convenio Complementario a la Declaración de Santiago.

2.- El artículo 9 del Convenio sobre sistema de sanciones

3.- El artículo 7 del Convenio sobre Medidas de Vigilancia y Control de las Zonas Marítimas de los Países Signatarios.

4.- El artículo 8 del Convenio sobre Otorgamiento de Permisos para la Explotación de las riquezas del Pacífico Sur.

5.- El artículo 3 de la Convención Sobre la Reunión Ordinaria Anual de la Comisión Permanente del Pacífico Sur y, por supuesto en,

6.- El artículo 4 del Convenio sobre Zona Especial Fronteriza Marítima.

Ahora aquí viene lo interesante. Ojo, pestaña y ceja….Adivinen que paso en relación con esta cláusula, en la segunda sesión de la Comisión I, de la Segunda Conferencia sobre Explotación y Conservación de las Riquezas Marítimas del Pacífico Sur???? Pues NADA MÁS NI NADA MENOS que, que el secretario de la comisión permanente, señor Ruiz Bourgeois, quien había sido delegado de CHILE en la primera conferencia (Santiago de Chile, 1952), levanto su manito y dijo quiero hacer una propuesta a nombre de su país, ósea a nombre de CHILE!!!!! Se le concedió el uso de la palabra en circunstancias en que se debatía el Convenio complementario a la Declaración de soberanía sobre la zona marina de 200 millas. Y que de INTERESANTE dijo el señor Ruiz Bourgeois, representante del gobierno de Chile de la época????? Pues recordó a todos los delegados y al presidente, el señor Alfonso Bulnes de CHILE, que el artículo 5 de dicho convenio, el referido a la CLÁUSULA PÉTREA, estaba relacionado con el artículo 6 del convenio sobre la organización de la comisión permanente, cual forma parte de los Acuerdos de Santiago de 1952. Este artículo 6 establecía que:

‘’Cualquiera de las Partes puede desahuciar este Convenio dando un aviso a las otras partes con anticipación de un año calendario completo.’’(Copia fiel del Acta de la primera sesión de la Comisión I de la Segunda Conferencia sobre Explotación y Conservación de las Riquezas Marítimas del Pacífico Sur del 2 de diciembre de 1952.)

El señor Ruiz Bourgeois señaló que esta cláusula de denuncia (desahucio), contenida en el artículo 6 del convenio sobre la comisión permanente, se aplicaba a TODOS LOS CONVENIOS que se suscribieron en Santiago, como la Declaración de Santiago, y por ende, su validez se extendía a todos los acuerdos a firmarse en Lima durante la segunda conferencia, incluido evidentemente el convenio sobre Zona Especial Fronteriza Marítima. El acta respectiva recogió de la siguiente manera la intervención del Sr. Ruiz Bourgeois:

‘’El señor Ruiz, Secretario de la Comisión Permanente aclara que el artículo 5 del Convenio en discusión está vinculado al artículo 6 de la resolución sobre organización de la Comisión permanente que forma parte de los Acuerdos de Santiago de 1952. Este artículo autoriza a las partes a desahuciar el Convenio con un año de aviso y debe entenderse que se extiende a los otros tres Acuerdos de Santiago, y en virtud del artículo 5 del Convenio Complementario, y de los artículos similares que figuran en los demás Convenios, se extenderá a todos los Acuerdos que se firmen en Lima.’’ (Copia fiel del Acta de la primera sesión de la Comisión I de la Segunda Conferencia sobre Explotación y Conservación de las Riquezas Marítimas del Pacífico Sur del 2 de diciembre de 1952.)


Terminada la intervención del Señor Ruiz Bourgois, NINGUNO de los delegados presentes objetó, por lo tanto fue APROBADA, la interpretación en el sentido de que, por efecto de la cláusula pétrea, todos los convenios aprobados en la Segunda Conferencia sobre Explotación y Conservación de las Riquezas Marítimas del Pacífico Sur, incluido el Convenio sobre Zona Especial Fronteriza Marítima, al igual que los aprobados dos años antes en Santiago de Chile, se regían por el procedimiento de desahucio (denuncia) contenido en el artículo 6 del Convenio sobre la organización de la Comisión Permanente del Pacífico Sur. El acta correspondiente se aprobó en esos términos.

De esta manera, queda PROBADO y ESTABLECIDO CONTUNDENTE e IRREFUTABLEMENTE que la voluntad de las partes fue aplicar a todas los convenios aprobados durante la primera y segunda conferencia, incluidos la Declaración de Santiago de 1952 y el Convenio de Zona Especial, la cláusula de denuncia contenida en el artículo 6 del Convenio sobre la organización de la Comisión Permanente del Pacífico Sur.

Si en la intención o en la comprensión de los delegados a la segunda conferencia del Pacífico Sur hubiese estado considerar al Convenio de 1954 y, antes, a la Declaración de Santiago como convenios de límites marítimos, se habría RECHAZADO la cláusula de denuncia propuesta por NADA MAS NI NADA MENOS que el delegado de CHILE o por lo menos se le habría excluido de los artículos pertinentes.

TORPEDOHIT, agarra esa flor!!!!!!!!!

Nosotros no hablamos por hablar ni mucho menos nos dejamos llevar por patrioterismos ridículos. Nosotros analizamos los hechos utilizando las fuentes de la interpretación autentica que tienen los convenios de 1952 y 1954, es decir sus actas preparatorias, esto lo has hecho tu???? No pues, esta evidenciado que tu capacidad no te da para tanto.

Es por esto que digo que el gobierno de Chile ha engañado y sigue engañando vilmente a su pueblo. Les oculta la verdad histórica de los hechos y de lo que el gobierno de Chile de 1952 y 1954 negocio. Ahora esto sumado a tu epidérmica capacidad de documentación y análisis la cual no te permite ver y estudiar los hechos de forma adecuada e imparcial, despojándote de chauvinismos patrioteros ridículos, simplemente porque no los conoces y porque te encanta ser una caja de resonancia, un simple eco de lo que oficialmente dice tu país. De esta trae como lamentable consecuencia que te niegues a ti mismo el privilegio de saber y analizar la verdad de los hechos porque tu capacidad para documentarte, informarte y ser imparcial están entumecidos por la monumental y aplastante ignorancia que demuestras en este tema que como ya dije, y siendo generosos contigo porque estima te tenemos, de raspar la cascara no pasas.

TORPEDOHIT escribió:P.D.

Me imagino que algun jurista chileno del team La Haya que nos lee, tambien se habra dado cuenta de tu DESCUBRIMIENTO y en su desesperacion esta por tirar la toalla.

TORPEDOHIT, el hecho que tu no conozcas nada de este asunto no significa que el equipo de Chile que ve el tema de la CIJ de la Haya no esté enterado que los acuerdos de 1952 y 1954 son denunciables. Claro que lo saben, y muy bien. Lo que sucede es que el gobierno chileno se mando a hablar que no había ningún problema de límites marítimos con el Perú, porque pensó que no EXISTIA la instancia jurídica mediante la cual el Perú podía denunciar a Chile, mucho menos cuando el Perú todavía no se decidía si firmar o no la CONVEMAR, debate ficticio que se dio en el Perú ya que la posición de la Cancillería y del Gobierno del Perú hasta el día de hoy es de no firmar la CONVEMAR. Bajo esas circunstancias y sintiéndose seguros, pues se dedicaron a MENTIR al mundo entero diciendo que ya tenemos acuerdos de límites marítimos firmados con el Perú, que el Perú modifico su frontera terrestre, etc., etc. Pero entonces que paso???? Oh sorpresa el Perú denuncia vía el pacto de Bogotá a Chile y lo obliga a asistir ante la CIJ de la Haya, y que hace Chile?? Pues se vio obligado a MANTENER su descabellada posición oficial la cual le llevara a presentar una excepción de competencia a la corte la cual en el mejor de los casos para Chile será resuelta junto con la cuestión de fondo, sino es rechazada de plano. Una vez que esto suceda y como ya me han dateado algunos contactos que tengo el gusto de tener en Torre Tagle, La defensa de Chile va a terminar haciendo un golpe de timón hacia la única figura legal en la cual tiene ciertas posibilidades, es decir tratar de probar la figura del Stopell o Aquiescencia por parte del Perú con relación al paralelo como línea que divide la frontera marítima entre ambos países, lo cual es muy difícil más aun cuando el Perú siempre ha protestado ante Chile por considerar el paralelo como la frontera marítima entre ambos países.

Espero sepas que es el Stopell, no????????

Con esto una vez más queda demostrado que de este tema no conoces casi nada. Si gustas te puedo indicar como puedes hacer para obtener documentación relevante para que aprendas un poquito sobre este tema y no patines tan lamentablemente como hasta ahora.

Saludos cordiales; :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :wink: :wink:

Arpía


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Arpia
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Mensaje por Arpia »

Mentor escribió:Por ejemplo en el artículo IV del acuerdo de 1952, se lee claramente que:

" En el caso del territorio insular...." y no "Sólo en caso de territorio insular..."

Varios foristas peruanos quieren hacer creer que este artículo sólo es valido frente a la presencia de islas, pero resulta que el "sólo", sólo está en sus deseos.

Esto sí que es el colmo de la ridiculez.

Entonces debemos inferir que como no dice ‘’SOLO EN CASO de…’’ esta norma de excepción ahora se aplica a todos los casos por igual!!!!! Que buena!!!!! :aplausos3: :aplausos3: :champion: :champion: :claps: :claps: :alegria2: :alegria2: :risa3: :risa3: Entonces respóndenos por que la necesidad de dejar constancia de una norma de excepción, si esta se aplica a todos los casos por igual???? :confuso: :confuso: :conf: :conf: :mrgreen: :mrgreen: Que patético y ridículo argumento!!!! :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen:

La realidad jurídica va por otro lado. Las actas establecen claramente la excepción relacionada con las islas ecuatorianas para aplicar el criterio del paralelo, quien la pidió, por que se pidió y para quienes UNICAMENTE aplica. Lo demás es pura leguleyada sin sustento jurídico e interpretación personal y antojadiza, y eso si que más claro ni el agua.

Si la defensa chilena esgrime este tipo de argumentos aparte de exponerse al ridículo internacional, pues debemos decir humildemente que el caso ya lo tenemos en el bolsillo

Continuaremos mañana.

Atentamente;

Arpía


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