Muntz escribió:>Real Decreto 2964/1981, de 18 de diciembre, por el que se hace público el modelo oficial del Escudo de España.
Artículo Segundo.
El escudo de España habrá de figurar en:
1.- Las banderas que ondeen en el exterior o se exhiban en el interior de las sedes de los órganos constitucionales del Estado; los edificios y establecimientos de la Administración Central, Institucional, Autonómica, provincial o insular y municipal del Estado; los edificios públicos militares y los acuartelamientos, buques, aeronaves y cualesquiera otros establecimientos de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas de Seguridad del Estado, así como de las unidades de ambas Fuerzas con derecho al uso de la bandera; los locales de las Misiones Diplomáticas y de las Oficinas Consulares, las residencias de sus Jefes y, en su caso, sus medios de transporte oficial.
Artículo Tercero.
El escudo de España tendrá una altura de dos quintos de la anchura de la bandera y figurará en ambas caras de ésta ...
En la misma ley diferencia bandera de escudo aunque deban ir indisolublemente unidos.
Las aviesas intenciones son las de los que tratan de identificar la tricolor con la idea republicana. La tricolor sólo representa una época terrible de nuestra historia con una tremenda carga sectaria y por ello debería ir al cajón del olvido.
Un saludo.