ecuatoriano escrbio:
pint88 escribió:
saludos señores foristas
en primer lugar el exministro santos y el general padilla tienen fuero, diplomatico y militar.
Puede ser en Colombia pero no en Ecuador.
Ni en Colombia ni en Ecuador tienen inmunidad alguna, en Colombia el General Padilla y el Ministro tienen fuero, que es bien diferente a inmunidad. Ese fuero es constitucional y no cubre jurisdicción extranjera, por lo que en principio ecuatoriano esta en lo cierto.
El detalle es que para Ecuador ellos son autoridad extranjera, y la conducta presuntamente ilicita fue reconocida por un Estado Extranjero, ocea Colombia, incluso, reconocida por medio del jefe del Estado Alvaro Uribe Velez.
Cita:
los posibles "delitos" que hubiera cometido el general padilla lo tendria que juzgar una corte penal militar, pero en colombia y no en otro pais,
Se los juzga por delitos cometidos en Ecuador.
Cierto es... pero si fuera en Colombia, donde atacar un campamento guerrillero usando fuerza legitima no es delito. Ecuatoriano tiene toda la razón.
Cita:
si se cometio violaciones de derechos humanos eso lo decide un tribuanal internacional de derechos humanos y no el juez ecuatoriano.
El juez ecuatoriano juzga delitos cometidos en Ecuador, no en Colombia.
Falso, si se comenten violaciones a DD.HH. lo decide el juez que sea. El juez o fiscal ecuatoriano podrian decir que hubo alguna de las cuatro condcutas proscritas, sin embargo no lo han hecho, persiguen por HOMICIDIO y otra cosa que no he entendido. Si el juez ecuatoriano o el fiscal persiguieran por DD.HH. les podria dar jurisdicción universal igual que hace Baltasar Garzón.
Ecuatoriano, ahi te pido que nos aclares, si llegaras a tener acceso a la información, exactamente de que delitos se acusa a Santos y a los Militares Colombianos, y que articulos serian del Codigo Penal Ecuatoriano.
Cita:
el gobierno ha dejado claro que no se trataba de una accion de guerra contra el ecuador, dicha operacion fue encontra de la guerrilla, que violo el suelo ecuatoriano si se reconoce y se ofrecio disculpas por eso.
Pues dado que no fue un acto de guerra contra Ecuador entonces no se lo juzga como crimen de guerra, sino como delito común.
Ecuatoriano, aqui te equivocas, los crimenes de guerra no tienen necesariamente que darse en un escenario de guerra declarada, es una simple violacion del DD.HH. como reclutamiento a menores, asesinar civiles indefensos etc etc.
Ahora, el hecho de que es un delito comun, reconocido por el Estado Colombiano es lo que le quita la competencia al juez o fiscal ecuatoriano. No puede perseguir individualmente sino al Estado, pero ahi esta la inmunidad de jurisdiccional de los Estados, por ello, solo el Estado Ecuatoriano en su conjunto en la Corte Internacional de Justicia podria demandar a Colombia.
Cita:
ecuador solo podria indagar por la muerte del ciudadano de dicho pais que se encontraba en el capamento de reyes y por la violacion de su territorio durante unas horas y no por el "asesinato" del pobre de reyes,
Ecuador puede juzgar homicidios de naturales y extranjeros en su territorio, como cualquier otro país.
Ecuatoriano tiene toda la razón, el juez es competente para juzgar los ilicitos en su jurisdicción. La incompetencia surge no de eso, sino de que el responsable es un Estado extranjero.
Cita:
el concepto de asesinato cabe para alguien indefenso cosa que reyes no hera, el tipo ese de reyes, hera enemigo publico, asesino, narcotraficante, terrorista, insurgente en pie de lucha, el tipo este contaba con anillos de seguridad y suficiente armamento para hacer mucho daño, a este tipo no se le asesino a este tipo se le dio de baja, en una accion necesaria para nuestra seguridad y la del orden contitucional de colombia, que pretende ser violado por los grupos armados y terroristas que operan en la nacion.
Eso mismo expresaron muchos militares de otros países cuando fueron juzgados en su país o en el extranjero.
Se juzgaba a esos militares porque cometieron violación al DD.HH., en este caso los militares colombianos en colombia o fuera de ella alegan simple y llanamente que era el campamento contenia fuerza de combate, con armas y todo lo demás. Que se bombardeo usando armamento que no esta proscrito por ningun convenio internacional (LGB GRIFFIN). Diferente hubiera sido si usaran bombas racimo, pues Colombia es firmante de la Convención de Oslo que las proscribe.
Que luego de que las tropas colombianos desembarcaron fueron hostigadas por los guerrilleros sobrevivientes, y que se atendio a los heridos que quedaban en el lugar. Eso consta en video. Por tanto, no habria lugar a ninguno de los mentados cuatro crimenes estipulados en el Estatuto de Roma.[/quote]